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Contra viento y marea, y con voto dirimente del Alcalde, Concejo Municipal de Talca adjudica propuesta para operar relleno sanitario

Contra viento y marea, y con voto dirimente del Alcalde, Concejo Municipal de Talca adjudica propuesta para operar relleno sanitario

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Proceso estuvo marcado por los cuestionamientos en torno a la legalidad de las bases, ante lo cual Contraloría ordenó un pronunciamiento; pero también respecto al quórum de votación. Pese a todo, se aprobó la propuesta de la administración del RN Juan Carlos Díaz.

Contra viento y marea, y con voto dirimente del Alcalde, Concejo Municipal de Talca adjudica propuesta para operar relleno sanitario
Viernes 1 de julio de 2022 15:14
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Luego de semanas de suspenso, finalmente el Concejo Municipal de Talca decidió –por un estrecho margen– aprobar la propuesta de la administración del alcalde Juan Carlos Díaz, en relación a entregarle a Resam S.A., filial del grupo KDM, la operación por los próximos 10 años del relleno sanitario El Retamo, propiedad de la casa edilicia.

Con la votación empatada 5 a 5 entre los concejales, fue el voto dirimente del alcalde de las filas de Renovación Nacional lo que inclinó la balanza en favor de aprobar su propuesta, enmarcada en el proceso licitatorio que le entregó un mayor puntaje a la mencionada empresa, pero no sin antes atravesar un turbulento camino.

Esto, debido a que se denunció ante la Contraloría General de la República que las bases de licitación transgredieron la legalidad, pues en la evaluación, en el ítem «Experiencia» específicamente, se habría beneficiado al mayor operador de rellenos del país en desmedro de cualquier otro competidor.

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Fue justamente Cosemar S.A., una de las empresas que compitió en la licitación, que acudió al ente que fiscaliza a los órganos del Estado para solicitar que pueda constatar "ciertas actuaciones ilegales realizadas por la Municipalidad de Talca en la licitación", agregando que se disponga a que "actúe conforme a derecho, revocando y/o invalidando la licitación".

POLÉMICA POR EL QUÓRUM

La antesala a la trascendental votación en sesión extraordinaria del Concejo Municipal de Talca venía precedida de una serie de cuestionamientos. Y es que a lo expuesto por una de las empresas que participó del proceso, se suma un requerimiento de la propia Contraloría Regional del Maule, que ordenó al Municipio que les informara en 10 días sobre esta situación.

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Pero también surgió la duda respecto al quórum de las dos votaciones realizadas el martes 28 de junio, resultando ambas igualadas en 5 y con una abstención. La Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 65, indica que "el Alcalde requerirá el acuerdo del Concejo para celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias, y que requerirán la mayoría absoluta del Concejo. No obstante, aquellos que comprometan al Municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo".

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Bajo este contexto, se levantó un manto de dudas respecto a lo que ocurrió el martes, pues en ninguna de las dos votaciones de aquella jornada se cumplió con el requisito de contar con los votos a favor de dos tercios (2/3) de los miembros del Concejo Municipal. Dicho de otra forma, según la ley, la propuesta habría sido rechazada.

No obstante, se citó a una sesión extraordinaria para llevar a cabo una tercera votación. Y es allí donde la encargada de la unidad jurídica del Municipio, Grace Salazar, quien explicó que "esta es una concesión que está tratada en la letra K del artículo 65 de la ley 18.695, por lo tanto no requiere quórum. Así lo ha confirmado Contraloría en una consulta exactamente igual, pero por una concesión de áreas verdes en otra Municipalidad", asegurando de esta forma que "el quórum es la mayoría absoluta de los concejales presentes".

Dicho esto, se procedió a la votación...

CONTRA VIENTO Y MAREA

Teniendo en cuenta todos estos cuestionamientos, finalmente contra viento y marea se decide llevar a cabo la votación, siendo el voto de la concejala Carolina Soto (PS) la llave mágica que abrió la puerta para que Resam S.A. se quedara con la licitación.

Si bien, la edil socialista se abstuvo en las dos primeras votaciones del martes, ahora señaló que "estoy en condiciones de poder votar". En ese sentido, argumentó su voto a favor de la propuesta en base a criterios como "cautelar las arcas municipales; responsabilidad social en términos que el servicio sea de calidad y en beneficio de la ciudad; responsabilidad en cautelar las normas del medio ambiente; y que el mejoramiento del servicio no sea en detrimento de los trabajadores"

De esta manera, aprobaron los concejales Ervin Castillo (RN), Patricio Mena (RN), Carolina Soto (PS), Marcelo Rojas (UDI), Juan Carlos Cáceres (Evópoli); mientras que rechazaron los ediles Melania Moya (PC), Hernán Astaburuaga (PS), Paula Retamal (IND), Javiera Carrera (IND) y Juan Carlos Figueroa (ex DC). Empatados 5 a 5, el voto dirimente fue el del alcalde Juan Carlos Díaz (RN), quien decidió aprobar su propuesta.

"Uno podrá tener reparos y opiniones, y son respetables, pero decir que esto está dirigido para un lado, creo que no corresponde. En función de lo mismo, las atribuciones y las obligaciones del Alcalde indican que me tengo que regir por una ley de compras públicas. Y la ley establece que se licita; después, al primer lugar, dice que si está hábil y cumple con los requisitos, se propone al Concejo. En función de eso, mantengo mi voto de aprobación", indicó el jefe comunal.

DECRETO ALCALDICIO

A sólo horas de aprobada la licitación en favor de Resam S.A., filial de KDM, la máxima autoridad comunal emitió un Decreto Alcaldicio –al cual pudo acceder Puranoticia.cl– en el que adjudica la propuesta pública «Operación del Centro de Manejo de Residuos Sólidos El Retamo - Comuna de Talca» al oferente Rellenos Sanitarios del Maule S.A. (Resam S.A.) en UTP con KDM S.A..

De esta manera, Resam S.A. tiene un plazo de 25 días hábiles para suscribir el contrato con la Unidad Técnica; además de presentar una serie de documentos y antecedentes que norman lo acordado, tal como lo indica el Decreto Alcaldicio.

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