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Contraloría da plazo de 10 días al Municipio de Talca para que informe sobre la denuncia de ilegalidad en las bases de licitación por relleno

Contraloría da plazo de 10 días al Municipio de Talca para que informe sobre la denuncia de ilegalidad en las bases de licitación por relleno

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Instrucción del ente que fiscaliza a los órganos del Estado incluye el remitir "todos los antecedentes necesarios" y elaborar un informe "con intervención de Asesoría Jurídica o abogado" de la entidad edilicia que administra el alcalde RN Juan Carlos Díaz.

Contraloría da plazo de 10 días al Municipio de Talca para que informe sobre la denuncia de ilegalidad en las bases de licitación por relleno
Jueves 30 de junio de 2022 13:18
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A pesar de que desde el Municipio de Talca se insistió en que a su poder no ha llegado ningún requerimiento por parte de la Contraloría General de la República en torno a una presentación que cuestiona las bases de la licitación para operar por los próximos 10 años el relleno sanitario El Retamo, Puranoticia.cl tuvo acceso a un documento del ente que fiscaliza a los órganos del Estado de que éste ya fue derivado a la casa edilicia que administra el alcalde RN Juan Carlos Díaz.

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Cabe recordar que durante la sesión del Concejo Municipal de este martes 28 de junio, la asesora jurídica del Municipio de Talca, Grace Salazar, aseguró ante los ediles que "no hemos recibido ningún requerimiento de Contraloría de ningún tipo", e incluso preguntó si éste se hizo efectivo o fue sólo información aparecida en la prensa (en base a la nota publicada por este medio que da cuenta de la denuncia). Tras ello, volvió a afirmar que "no nos ha llegado nada".

Pues bien, Puranoticia.cl tuvo acceso a un documento de Contraloría, que señala en su parte superior que «Solicita informe en presentación que indica», y agrega que "pase a la Municipalidad de Talca, copia de la presentación (...) a fin de que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 9° de la ley N° 10.336, se sirva informar a este Organismo al tenor de lo expuesto por el recurrente, en el plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la recepción del presente oficio".

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De esta manera, se comprueba que la administración Díaz ya está al tanto de lo expuesto en el ente de control y que ahora tienen 10 días hábiles para entregar la información que dispongan en base a lo planteado en el requerimiento original.

Pero además, Contraloría instruye al Municipio de Talca que dicho informe "deberá ser preparado con intervención de Asesoría Jurídica o abogado de esa entidad, a menos que el asunto planteado sea ajeno a la aplicación o interpretación de normas jurídicas o reglamentarias o que ese organismo no cuente con ese profesional".

También ordenan a la entidad comunal que debe remitir todos los antecedentes necesarios "para resolver adecuadamente la presentación de que se trata".

Vale mencionar que durante la última sesión del Concejo Municipal, la asesora jurídica del Municipio, Grace Salazar, también explicó a los ediles que "ninguna consulta en Contraloría puede suspender el proceso de una licitación. De hecho, la misma Contraloría ha establecido que lo único que ellos pueden responder, en caso de alguna irregularidad, es hacer un sumario, pero en ningún caso pueden dejar sin efecto la adjudicación de una licitación".

Y agregó que "no tienen facultades para ello, por lo tanto no entorpece en nada que haya una consulta en Contraloría. El único que puede intervenir es el Tribunal de Contratación Pública, que es la entidad que tiene la jurisdicción sobre esto".

VOTACIÓN EN EL CONCEJO

En lo concreto, el Concejo Municipal de Talca decidió el martes rechazar dos veces la propuesta de la administración del Alcalde RN, en torno a entregar la administración del relleno sanitario El Retamo a la empresa Resam S.A., filial del grupo KDM S.A., por lo que se llamará a sesión para llevar a cabo una tercera votación. 

Bajo este contexto, más allá de lo que pueda decir Contraloría frente a la presentación de uno de los oferentes en este proceso licitatorio, lo sucedido en el Concejo Municipal podría abrir otro flanco de problemas para el jefe comunal, pues la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 65, indica que "el Alcalde requerirá el acuerdo del Concejo para celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias, y que requerirán la mayoría absoluta del Concejo. No obstante, aquellos que comprometan al Municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo".

En lo inmediato, resta esperar lo que ocurra con estas dos aristas de un mismo caso: la respuesta del Municipio de Talca a la Contraloría, en base a la presentación de uno de los oferentes que cuestiona las bases de licitación para la operación del relleno sanitario; y la otra, en torno a si es legal –o no– llevar a cabo una tercera votación, pues en ninguna de las dos anteriores se cumplió con el requisito de contar con los votos a favor de dos tercios (2/3) de los miembros del Concejo Municipal.

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