Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
El escándalo del Mall de Quillota podría derivar en su clausura: Contraloría confirma irregularidades de la gestión Mella

El escándalo del Mall de Quillota podría derivar en su clausura: Contraloría confirma irregularidades de la gestión Mella

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

Informe del ente fiscalizador permite aclarar más el confuso traspaso de áreas verdes a la Sociedad Paseo Shopping SpA, pero también ahonda en la falta de un EISTU y el hecho de que el proyecto está emplazado en un área que el PRC no cataloga como zona comercial.

El escándalo del Mall de Quillota podría derivar en su clausura: Contraloría confirma irregularidades de la gestión Mella
Lunes 6 de mayo de 2024 12:12
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

Un contundente informe de la Contraloría Regional de Valparaíso detectó la falta de recepción definitiva de obras en la edificación del denominado «Mall de Quillota», además de una serie de otras irregularidades, como la falta de un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, estar construido en un sitio que según el Plan Regulador Comunal no es zona comercial y –lo que ha generado más preocupación a lo largo de los años en la comunidad quillotana– que el permiso de edificación para el recinto contemplaba la ocupación de terrenos de áreas verdes y equipamiento que se validaron en un comodato que, según la Contraloría, no es válido.

LEER TAMBIÉN: Arcas municipales quillotanas habrían perdido más de 300 millones de pesos por terrenos entregados gratuitamente al Mall de Quillota

Cabe recordar que todos estos hechos fueron dados a conocer por Puranoticia.cl en sendos reportajes publicados hace dos años atrás, dando cuenta de todas estas denuncias que hoy no sólo confirma la Contraloría General de la República, sino que también da cuenta que efectivamente se trató de la última grave falencia cometida por la administración del entonces alcalde Luis Mella, sumada a las deficiencias e incumplimientos en el funcionamiento del parque El Edén, el cual estuvo largos meses sin poder ser utilizado entre los años 2019 y 2020.

LEER TAMBIÉN: La verdadera historia tras el prolongado cierre del Centro Turístico El Edén de Quillota

Hay que recordar que el año 2018 Quillota inauguró el anhelado centro comercial, que hoy alberga salas de cines, supermercado, tiendas de ropa y que no sólo generó empleo, sino que además desarrolló todo un polo comercial a orillas de la avenida Condell. La iniciativa es propiedad de la Sociedad Paseo Shopping SpA, representada por el conocido empresario inmobiliario viñamarino, Enzo Nervi, y durante los últimos años del exalcalde Luis Mella en la Municipalidad el proyecto encontró una amplia acogida y muchas facilidades para su instalación, las que generaron los cuestionamientos de varios concejales y la presentación de la denuncia a la Contraloría General de la República, que ahora emite sus conclusiones.

Hace unos ocho años, la Municipalidad de Quillota hizo entrega –mediante un decreto– a la sociedad interesada en levantar el mall, 1.760 metros cuadrados que se encuentran en el frontis del centro comercial, para que los explotara sin pagar renta alguna a la casa edilicia que por entonces administraba el alcalde Luis Mella.

LEER TAMBIÉN: Polémica entrega gratuita de terreno municipal al mall de Quillota escala al Concejo: edil anuncia acciones para esclarecer millonarias pérdidas

Pero el asunto comienza un poco antes, a fines del 2015, cuando durante su administración se dicta el decreto alcaldicio N° 8.635, mediante el cual la casa edilicia le entregaba en comodato un terreno comunitario de 600 metros cuadrados, por 45 años, con el objetivo de que el centro comercial lo explotara para sus fines. El documento también señalaba que se autorizaba la ejecución de accesos y remodelación del área verde, lo que ha llevado a que el mall local también haga usufructo en este otro espacio de 1.160 metros cuadrados.

Como si esto fuera poco, a menos de dos años de emitido ese decreto alcaldicio, la administración Mella volvió a sacar un nuevo documento, el cual establecía que el préstamo gratuito del espacio de casi 1.800 metros cuadrados al mall de Quillota sería renovado de manera automática por otros 45 años, a cambio de que la inmobiliaria realizara algunas obras en la ciudad, entre ellas pavimentar un tramo de la calle Freire, entre el enlace San Isidro y la calle Alberdi; y un lomo de toro en calle Vicuña Mackenna. Hasta hace un par de años no habían sido realizadas, pero en el informe de la Contraloría la Municipalidad asegura que sí.

PÉRDIDA MILLONARIA DE RECURSOS

Por todo esto, según las estimaciones de Puranoticia.cl, serían más de $2.000 millones los que dejaría de recibir el Municipio de Quillota en estos 45 años de comodato, considerando que la entidad edilicia recibiría entre $40 y $50 millones como renta anual mínima por concepto de arriendo del espacio. Sólo hasta este año han dejado de obtener unos 400 millones de pesos.

LEER TAMBIÉN: Concejales solicitan al alcalde Calderón revisión de contratos por terrenos entregados gratuitamente al Mall de Quillota no descartando revocar comodato

Pues bien, el tema fue planteado en una sesión de Concejo Municipal del 2022 al actual alcalde Óscar Calderón, instancia en la que los ediles pidieron a la administración revisar los contratos de los terrenos entregados de forma gratuita a la empresa dueña del mall y aclarar cuáles son los terrenos entregados para descartar que exista usufructo comercial en ellos. Además, el abogado Andrés Silva presentó una denuncia ante la Contraloría, en la que pidió investigar irregularidades ocurridas en el contexto del otorgamiento, por parte de la Dirección de Obras Municipales de Quillota, de permisos de edificación y recepciones de obra para el funcionamiento del centro comercial Paseo Shopping, lo que fue respondido el 2 de mayo de este año.

PROBLEMAS CON PERMISO Y RECEPCIÓN DE OBRAS

Entre las principales conclusiones del Informe Final N° 890, del 2 de mayo de este año, –documento de 47 páginas al cual pudo acceder Puranoticia.cl– se menciona que “la DOM autorizó permisos de edificación para la construcción del Centro Comercial Paseo Shopping en predios que se emplazan en zonas del Plan Regulador Comunal, que no permiten el uso comercial”, por lo que deberá regularizar dicha situación, y que “tampoco veló por el cumplimiento de la cuota mínima de estacionamientos requerida, de acuerdo con lo establecido en el PRC vigente”. 

También señala la no existencia de un “Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, sin perjuicio que la cantidad de estacionamientos que le correspondía disponer según la superficie edificada total del centro comercial Paseo Shopping superó el umbral establecido en el artículo 2.4.3 de la OGUC, vigente a la época en que se otorgaron los permisos de edificación examinados, debiendo la Municipalidad de Quillota, en conjunto con la regularización del emplazamiento del mall, exigir un Informe de Mitigación de Impacto Vial, junto con la materialización de las mitigaciones que allí se pudieran establecer, de lo cual deberá informar en igual plazo”, como así también detectó la “falta la recepción definitiva municipal total del proyecto, presentando sólo recepciones parciales no ajustadas a derecho”.

ESTACIONAMIENTOS Y COMODATO

La investigación del órgano contralor regional identificó, además, problemas con el uso de los parqueaderos del centro comercial y problemas con la validez del comodato que daba opciones a la firma a utilizar terrenos “cedidos” por el Municipio, indicando que “la DOM autorizó permisos de edificación que contemplaron la disposición de estacionamientos en un bien municipal sin que se hayan cumplido los requisitos para aquello, atendido que no existió un contrato de comodato que lo respaldara, y, las condiciones establecidas por el municipio para que éste se hubiese pactado no dan cuenta de una colaboración del propietario con esa entidad edilicia para el cumplimiento de sus funciones”, por lo que el municipio deberá entregar los antecedentes que regularicen la situación legal del predio dentro de 90 días contados desde la recepción del informe de Contraloría”.

Esta última es una de las conclusiones que genera más preocupación, y sobre la cual la Contraloría profundiza, diciendo que  “la Unidad de Asesoría Jurídica aclara que dado que la comodataria no presentó los títulos de su constitución legal, la identificación y acreditación de sus personeros, ni se apersonó a aceptar y formalizar el contrato, este finalmente nunca fue suscrito, sin perjuicio a que igualmente la referida sociedad se encuentra haciendo uso del terreno en cuestión. Al margen de lo expuesto, dado que en la práctica el fallido comodato fue de todas formas autorizado por el alcalde, el concejo municipal y el Director de Obras Municipales, se estima importante hacer presente que si bien entre las atribuciones esenciales de las entidades edilicias se encuentra la de administrar los bienes municipales existentes en la comuna, que entre otras, comprende la de entregar bienes en comodato -contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo a restituir la misma especie después de terminado el uso-, se determinó que en la especie no se cumplió la condición de que el comodatario colabore con el municipio en el cumplimiento de sus funciones”.

En ese tenor, se explica que “la entidad edilicia señala que, sin perjuicio que el comodato municipal no completó su formalidad, los decretos que lo autorizaron se promulgaron considerando los acuerdos del Concejo Municipal, que facultaron el uso por 15 años y 45 años respectivamente, mediante el decreto N° 8.635, de 2015 y que se encuentran vigentes toda vez que no hay decreto que los modifique, y por tanto, según su opinión, éstos se encuentran firmes y se convierten en título para su uso. Asegura que en el convenio, el municipio estableció obligaciones que se cumplieron, tales como la ejecución de la Sede de la Junta de Vecinos, la remodelación de la multicancha y la reparación de los Juegos Infantiles para la Villa Nuevo Horizonte, la instalación de lomos de toro de Avenida Vicuña Mackenna y la ejecución de una tercera calzada por calle Freire, tramo Homecenter por Avenida Alberti, correspondiente a aproximadamente 174 metros lineales”.

Sin embargo, el informe concluye que deben mantenerse las observaciones debido a que “el Municipio no se pronuncia sobre la pertinencia del comodato -de manera de acreditar que exista una colaboración por parte del comodatario para el cumplimiento de las funciones municipales-, que además reconoce que el mencionado acuerdo no se perfeccionó a través del contrato respectivo -lo que significa que éste no resulta válido para la entrega material del inmueble municipal-, y que sin perjuicio de que asegura que la sociedad Paseo Shopping SpA. habría ejecutado obras para dar cumplimiento a dicho acuerdo -lo cual difiere del requisito esencial del comodato, a saber, la gratuidad”. 

Finalmente, sobre el uso de áreas verdes para estacionamientos del recinto, el documento aclara que la Contraloría “verificó que el permiso de edificación N° 43, de 2018 asociado a la propiedad Rol N° 602-22 “incumplió el coeficiente de ocupación de suelo informado en el certificado de informaciones previas del terreno, dado que se incorporó la superficie de terrenos aledaños que no formaban parte del Lote C, Rol N ° 602-22 (16.433,49 m2), los cuales corresponden al predio particular Rol N° 617-29 (1.287 m2), de propiedad de la empresa constructora Pacal y Compañía Ltda., y el predio municipal Rol N° 617-28 (629 m2) con destino área verde y equipamiento”.

En mayor detalle, el escrito precisa que efectivamente se hay cupos que se utilizan en el área municipal y de bien nacional de uso público: “Parte de los estacionamientos contabilizados dentro de la cuota mínima exigida, se emplazan en los predios Rol Nos 617-29, de 1.287 m2, de propiedad de Pacal S.A.; 617-28, de 629 m2, de propiedad municipal, y, un bien nacional de uso público, correspondiente a un área verde, según el PRC, de 1.366 m2, sin que para ello se haya acreditado correctamente el cumplimiento del artículo 2.4.2 de la OGUC, que permite ubicar la cuota de estacionamientos exigida en otros predios o edificaciones que consulten estacionamientos y que no hubieren sido destinados al cumplimiento de tales exigencias respecto de otro edificio, que se ubiquen a una distancia no mayor a 600 m, medidos entre el acceso de éstos y el del edificio que genera la obligación, a través de un recorrido peatonal por vías de tránsito público, para lo cual, el propietario deberá acreditar ante la DOM, la compra, el arriendo u otro título que le permite la ocupación de dichos estacionamientos”, y que “el ‘ajuste’ realizado por la DOM difiere de lo expuesto en la citada Ordenanza, toda vez que se advierte que consultó un estacionamiento cada 100 m2 pero una vez alcanzado los 500 m2, por lo que se debe mantener lo observado. Esto, sin perjuicio que la DOM señala que solicitará al propietario la reubicación del total de estacionamientos emplazados en un predio particular sin autorización, y las acciones legales que sean procedentes pudiera iniciar el propietario del terreno ocupado”. 

PURANOTICIA

Cargar comentarios