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Tribunal declara admisible la demanda colectiva en contra de Bayer por herbicida cancerígeno

Tribunal declara admisible la demanda colectiva en contra de Bayer por herbicida cancerígeno

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Odecu aclararó que buscan una compensación por los perjuicios a la salud causados por el herbicida, a través del pago de $100 millones por el daño físico y $100 millones por el daño moral, para cada uno de los enfermos que padezcan alguno de los tipos de cáncer asociados al Roundup y que pudiesen haber sido expuestos a ese agente químico.

Tribunal declara admisible la demanda colectiva en contra de Bayer por herbicida cancerígeno
Martes 12 de octubre de 2021 14:04
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El 22° Juzgado Civil de Santiago declaró admisible la demanda colectiva interpuesta por Odecu en contra de los representantes en Chile de Bayer, por los efectos que produjo, en millones de personas expuestas, su herbicida Roundup.

Según los argumentos legales expuestos, el daño causado “proviene del lento 'envenenamiento cancerígeno' producido por el glifosato y los productos químicos del Roundup, que es elaborado por Bayer y distribuido y comercializado en Chile por Bayer Chile S.A. y Arysta LifeScience S.A., las demandadas, y sufrido por los trabajadores, consumidores y usuarios expuestos al Roundup”.

“Dicho daño tiene asimismo su origen en una conducta que constituye infracción a los deberes del proveedor en el contexto de la Ley de Protección de Derechos del Consumidor chilena, de ahí la pertinencia de la presente acción en defensa del interés difuso de los consumidores”, añadieron.

Asimismo, explicaron que el Glifosato, comercializado por Bayer como Roundup, es de uso “masivo en los cultivos agrícolas de nuestro país. La prevalencia de cáncer gástrico y de tiroides, que son los más asociados al uso del Glisofato, es significativamente mayor en las zonas donde se usa el químico como herbicida”.

Por tal motivo, acusaron que “es posible que exista una relación causal, como la que comprobaron los tribunales norteamericanos en sus fallos relacionados con este tema, y que la propia empresa quiso superar logrando el acuerdo compensatorio con los miles de afectados en ese país. Ante estos antecedentes, la autoridad agrícola y sanitaria chilena decretó la prohibición de importación del Roundup, pero no la comercialización de los stocks aún existentes en el país”.

El presidente de Odecu, Stefan Larenas, apuntó que “los afectados por el herbicida Roundup en Chile tienen los mismos derechos a justicia y compensación que quienes fueron expuestos en Estados Unidos o Europa, donde Bayer ya reconoció judicialmente su responsabilidad, como sucesora de Monsanto”.

Respecto a la demanda, aclararon que buscan una compensación por los perjuicios a la salud causados por el herbicida, a través del pago de $100 millones por el daño físico y $100 millones por el daño moral, para cada uno de los enfermos que padezcan alguno de los tipos de cáncer asociados al Roundup y que pudiesen haber sido expuestos a ese agente químico.

“Queremos hacer un llamado a quienes tengan algún tipo de cáncer asociado a la exposición al Roundup, a que se pongan en contacto con Odecu, para informar con más detalles de esta acción legal”, dijo Larenas.

En tanto, el abogado del estudio jurídico Pérez Donoso, Juan Sebastián Reyes, sostuvo que ”es impresentable que tanto el SAG como la autoridad de salud hayan autorizado la venta de los stocks disponibles, sin considerar que el herbicida es extremadamente peligroso y cancerígeno”.

“Este es un caso de repercusiones mundiales, donde la empresa Bayer, que compró a Monsanto en medio de este escándalo, ya ha reconocido que su herbicida Roundup, efectivamente, puede ser cancerígeno y decidió compensar a los miles de afectados en Estados Unidos y Europa”, cerró Reyes.

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