El Juzgado de Policía Local sancionó a la "Importadora Arcoíris" con 1.250 UTM tras constatar la venta de artículos peligrosos y sin certificación SEC.
Una fiscalización llevada a cabo por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) derivó en un duro castigo judicial contra el establecimiento comercial "Importadora Arcoíris", ubicado en la comuna de Panguipulli, región de Los Ríos.
La Unidad Judicial Regional del organismo fiscalizador acudió al Juzgado de Policía Local de Panguipulli para interponer una denuncia, buscando las máximas sanciones contempladas en la Ley del Consumidor (Ley 19.496) debido a la gravedad de los hallazgos, que incluían vulneraciones tanto a esta legislación como a normativas sectoriales.
Luego de la revisión exhaustiva de los antecedentes, el tribunal falló a favor del Sernac. El dictamen concluyó que el recinto incurrió en la comercialización de productos potencialmente peligrosos para la salud de las personas. A esto se sumó un listado de graves irregularidades confirmadas por el juzgado, tales como la venta de mercancía con rotulado en idioma distinto al castellano y la oferta de aparatos eléctricos —específicamente alargadores, hervidores de agua y bolsas de agua caliente eléctricas— que carecían del obligatorio "Sello SEC".
Asimismo, la sentencia acreditó que la tienda falló en su deber de no informar el derecho a la garantía legal ante la compra de productos nuevos que salen defectuosos. Entre otros incumplimientos, también se constató que el local omitió indicar el nombre y domicilio del jefe de local. Frente a la magnitud de estas faltas, la justicia determinó aplicar una serie de multas que suman un total de 1.250 UTM, esto es, más de 87 millones de pesos, convirtiéndose en una de las sanciones más altas cursadas por infracciones a la Ley del Consumidor.
Desde el organismo fiscalizador, la directora nacional (s) del Sernac, Carolina González, valoró la sentencia. La autoridad detalló que esta decisión judicial ratifica una vez más que las empresas tienen que ser profesionales y respetar las disposiciones de la Ley del Consumidor, así como otras normativas que protegen a las personas y que son aplicables a todos los comercios del país. En esa misma línea, González agregó que las normativas establecen expresamente que quienes comercialicen productos deben cumplir con las normas de seguridad que prevengan cualquier tipo de riesgo para la salud y la seguridad de los consumidores.
Para profundizar en las exigencias legales, la representante del servicio señaló: "La Ley del Consumidor dispone claramente que todos los proveedores que comercialicen productos, deben hacerlo con la rotulación correspondiente, es decir, que cuenten con información relativa al uso, contenido y composición. Estos antecedentes deben estar siempre en idioma español".
Por otro lado, la norma obliga a las empresas a informar los alcances del derecho a la garantía legal cuando los productos nuevos salen defectuosos. Esto significa que las personas pueden solicitar el cambio del producto, la devolución del dinero o la reparación en un plazo de 6 meses desde que se realizó la compra. Finalmente, respecto a la norma sectorial eléctrica, se indica que si los locales venden productos eléctricos deben incluir el "Sello SEC", distintivo que implica que cumplen con la normativa vigente y, en consecuencia, no revisten riesgos para su seguridad.
PURANOTICIA