Incumplimiento de las bases y plazos incumplidos por Ingesmart S.A,. entre otros hechos, fueron los que confirmó una investigación de Contraloría, que ordenó cursar multas y realizar un sumario para establecer las respectivas responsabilidades administrativas.
El contrato para instalar cámaras de televigilancia en la comuna siguen dándole dolores de cabeza al Municipio de Viña del Mar; esto, luego que la Contraloría Regional de Valparaíso instruyera a la casa edilicia que administra la alcaldesa Macarena Ripamonti realizar un procedimiento disciplinario por una serie de irregularidades detectadas y contenidas en un informe de 19 páginas, al cual accedió Puranoticia.cl.
Las conclusiones del ente fiscalizador llegan a raíz de siete presentaciones realizadas por el diputado Andrés Celis (RN) y una del concejal Sandro Puebla (Ind.-PS), relacionadas a presuntas irregularidades en la gestión del contrato para la provisión del servicio de 122 cámaras de televigilancia para la Ciudad Jardín.
Todo comenzó el 22 de julio de 2021 cuando la alcaldesa Ripamonti propuso al Concejo Municipal no renovar el contrato de las cámaras de televigilancia con GlobalLink S.A., asegurando que podían contar con un nuevo sistema en 60 días. Así fue como en septiembre propuso celebrar un trato directo con la empresa Ingesmart S.A. para arrendar 36 cámaras por $28 millones mensuales, vale decir, $777.777 por cámara, por un tiempo de cinco meses, inversión municipal que llegaba a los $140 millones.
No obstante, un día antes el Municipio recibió las ofertas económicas de la licitación pública para el arriendo de las 122 cámaras por 36 meses, ofertas que promediaron los $30 millones mensuales, vale decir, $245 mil por cada aparato. Como era de esperar, la diferencia de precios llamó la atención del Concejo Municipal, que finalmente decidió rechazar la propuesta de la jefa comunal militante de Revolución Democrática (RD).
Bajo este contexto, la denuncia del diputado Celis ante Contraloría indicaba que la propuesta de Ingesmart S.A. no consideraba una solución técnica a los elementos de megafonía o interfonía, cuestión solicitada en las bases técnicas de la licitación. En su respuesta al ente fiscalizador, el Municipio explicó que esto les habría generado un detrimento económico y que su omisión dejaría fuera de bases a la empresa aludida.
Tras analizar los antecedentes sobre la falta de implementación de elementos consignados en las bases, le ordenaron al Municipio adoptar las medidas que resulten procedentes para que en los sucesivos procesos licitatorios "las bases sean consistentes en todas sus partes, sin contener ambigüedades como las observadas", además que se ajusten a los principios de certeza y seguridad jurídica.
Otra anomalía detectada en torno al contrato da cuenta que la empresa Ingesmart S.A., si bien, ofertó el plazo máximo de 60 días previsto en las bases para la instalación de las cámaras, lo concreto es que la carta Gantt de su propuesta consideró para este efecto un plazo de 75 días. Ante este incumplimiento a las bases administrativas, la Contraloría Regional de Valparaíso determinó que el proceso "no se ajustó a lo dispuesto en el 14.2 y 14.3 de las Bases Administrativas Generales".
Sumado a las situaciones mencionadas en torno a incumplimiento de las bases administrativas, otro hecho denunciado por Celis decía relación con que Ingesmart no dio cumplimiento al plazo estipulado para instalar las cámaras de televigilancia.
La investigación de Contraloría estableció que la administración Ripamonti deberá cursar multas a Ingesmart S.A. por no haber cumplido el plazo de instalación del servicio, entre otros incumplimientos en la implementación de las cámaras. El cumplimiento de esta instrucción deberá ser acreditado ante el ente fiscalizador; de lo contrario, advirtieron que se iniciará una fiscalización para examinar las cuentas respectivas y, de proceder, formulará el reparo que corresponda.
Junto a ello, se le ordenó al Municipio de la Ciudad Jardín adoptar medidas para evitar que se repitan las anomalías ya mencionadas y; por otra parte, iniciar un sumario para determinar las eventuales responsabilidades funcionarias por estos hechos. Además, dicho acto administrativo deberá ser remitido a la Fiscalía de Contraloría.
Por su parte, la denuncia efectuada por el concejal Sandro Puebla sostenía que la oferta presentada por Ingesmart S.A. habría alterado información sobre su capacidad económica y financiera, por lo que, a su juicio, no podía haber sido adjudicada.
El detalle del capital efectivo de esta empresa –acreditado con certificado bancario– informa más de $2.200 millones ($2.209.303.000). Sin embargo, al verificar dicho certificado, el valor informado corresponde sólo a $2,2 millones ($2.209.303), lo que, de ser efectivo, confirma que no tenían la solvencia económica para ejecutar el servicio de instalar las 122 cámaras de televigilancia en la Ciudad Jardín.
Ante esta denuncia, la entidad de control le ordenó al Municipio que requiera un informe a Ingesmart, que acredite que el monto comprometido en los convenios con la Subsecretaría de Prevención del Delito no impacta el capital acreditado. Y es que la carta de agosto de 2021, amparada en supuestas "obligaciones de confidencialidad" entre entes privados, resulta "insuficiente" para dar por acreditado lo expuesto y podría incidir en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
PURANOTICIA