
Tribunal aceptó la competencia sobre la causa, instruyendo a la Fiscalía local que asumiera la investigación y citara a los imputados a una audiencia de formalización.
En el Juzgado de Garantía de Iquique se realizará la formalización de los cinco detenidos por el tráfico de ketamina descubierto en la base aérea «Los Cóndores» de la capital del Tarapacá.
El tribunal iquiqueño aceptó la competencia sobre la causa, instruyendo a la Fiscalía local que asumiera la investigación y citara a los imputados a una audiencia de formalización para este martes.
Los imputados son Danilo Rivas Pulgar, Elías Villalonga Martínez, Mauricio Ponce Dinamarca, María Rebolledo Díaz y Rodrigo Silva Fuentes.
Todos formalizados el 6 de julio por el tribunal de Aviación por tráfico de drogas, pero el sábado se declaró incompetente.
Tras el cambio de competencia, los exfuncionarios de la Fuerza Aérea de Chile (FACh), Elías Villalonga, Mauricio Ponce y María Rebolledo, que se encontraban en el Centro de Detención Preventiva de la Base Aérea El Bosque, fueron puestos a disposición de Gendarmería de Chile.
Actualmente Villalonga y Ponce cumplen prisión preventiva en el CDP Santiago 1, mientras que Rebolledo Díaz permanece en el CPF San Miguel. Los otros dos imputados -Rivas y Silva- permanecen en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio.
El caso se inició el 3 de julio pasado, cuando fue detectada una maleta con sustancias ilícitas que iba a ser embarcada en un vuelo institucional desde Iquique hacia Santiago. La droga había sido introducida en la Base Aérea «Los Cóndores», lo que motivó la inmediata apertura de una investigación por parte de la Fiscalía de Aviación.
El Juzgado de Aviación fundamentó su incompetencia en que el delito comenzó fuera del ámbito militar. El tribunal estableció que la ejecución del delito se originó en un domicilio particular, no en un recinto militar ni en el contexto de un acto de servicio.
De acuerdo con declaraciones ante la PDI, uno de los imputados, Danilo Rivas Pulgar, recibió la maleta en su departamento en Iquique, desde donde él mismo la trasladó a la base aérea «Los Cóndores», de Iquique.
Esta circunstancia resultó clave, ya que el artículo 5 N°3 del Código de Justicia Militar restringe la competencia castrense a delitos cometidos por militares en estado de guerra, campaña, servicio o recintos institucionales. Ninguna de esas condiciones se verificaba aquí.
Además, la incompetencia se basó en que la red criminal operaba fuera de la FACh.
Al respeto, el tribunal concluyó que la estructura criminal dedicada a la obtención y traslado de drogas no era parte de la Fuerza Aérea, sino que operaba desde la ciudad de Santiago y habría incorporado a los procesados solo para facilitar el transporte ilícito desde el norte a la capital.
Esto reforzó la idea de que el delito afectaba un bien jurídico común -la salud pública- y no uno exclusivamente militar, como lo exigen las normas castrenses para ejercer jurisdicción.
Y finalmente, el tribunal de Aviación tomó en cuenta la participación de civiles.
En el marco de la Ley N° 20.477, que reformó la competencia de los tribunales militares, se establece que ningún civil puede ser juzgado por la justicia militar, ya sea como víctima o como imputado.
Dado que algunos de los acusados no son militares activos, el caso debía obligatoriamente tramitarse en tribunales ordinarios.
Finalmente, el fallo del Juzgado de Aviación reafirmó los límites que la legislación chilena impone a la justicia militar y enfatizó que el crimen organizado debe ser enfrentado con las herramientas del sistema penal ordinario, sobre todo cuando involucra estructuras ajenas a las Fuerzas Armadas.
PURANOTICIA