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El escándalo de las compras vía trato directo en el Municipio de Santa María: desde cajas de Navidad hasta puntos de videovigilancia

El escándalo de las compras vía trato directo en el Municipio de Santa María: desde cajas de Navidad hasta puntos de videovigilancia

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Una auditoría de la Contraloría Regional de Valparaíso determinó que el Municipio desembolsó más de $491 millones en 474 partidas durante el año 2021, periodo en que la administración estuvo a cargo de los alcaldes PPD Claudio Zurita, primero; y, luego, Manuel León.

El escándalo de las compras vía trato directo en el Municipio de Santa María: desde cajas de Navidad hasta puntos de videovigilancia
Jueves 27 de octubre de 2022 18:00
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Pagos improcedentes, compras mediante trato directo de forma injustificada, documentos faltantes, atrasos en conciliaciones bancarias y cargos indebidos por compras de cajas de Navidad, entre otras observaciones, fueron las que detectó una auditoría efectuada por la Contraloría Regional de Valparaíso a la Municipalidad de Santa María, las cuales están contenidas en el Informe Final N° 633, de 2022.

Según consigna el documento al cual pudo acceder Puranoticia.cl, el objetivo del estudio era efectuar una auditoría y examen de cuentas a la compra de bienes y servicios realizados, a través de trato directo, en la Municipalidad de Santa María, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, durante las administraciones de Claudio Zurita Ibarra y Manuel León Saa, ambos del Partido por la Democracia (PPD).

La fiscalización se llevó a cabo luego que se constatara la emisión de una alta cantidad de adquisiciones realizadas mediante trato directo durante el año 2021, motivo por el cual se buscó comprobar si dichas operaciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias; si se encuentran debidamente documentadas; si sus cálculos son exactos y; si están adecuadamente registradas.

Es así como durante el periodo examinado se estableció que en el Municipio de esta comuna ubicada en la provincia de San Felipe los desembolsos por compras de trato directo ascendieron a $491 millones ($491.098.670), correspondientes a 474 partidas. De ellas –considerando criterios de riesgo y materialidad– la muestra asciende a casi $242 millones ($241.896.245), lo que equivale al 49,26% de las partidas.

CAJAS DE NAVIDAD

En primer lugar, se determinó que resultó improcedente el pago de $5.622.750 por la compra de 225 cajas de Navidad para los funcionarios municipales, debido a que se trata de un beneficio de carácter social, el cual no está contemplado en el régimen estatutario aplicable a los funcionarios de casas edilicias.

A las compras de cajas de Navidad para funcionarios municipales también se advirtieron adquisiciones varias y bolsas saludables de Navidad para niños, todas con cargo a la cuenta presupuestaria «Alimentos y bebidas», por casi $14 millones ($13.938.212), lo cual tampoco se ajusta a lo establecido en el decreto N° 854, de 2004.

La administración PPD explicó que el Alcalde determinó que "por el sacrificio y esfuerzo demostrado en el periodo de pandemia para atender las necesidades de las personas más vulnerables de la comuna", correspondía otorgar a los funcionarios un incentivo navideño, mediante un obsequio cuyo costo aproximado fue de $25.000. De igual forma, reconocieron que fue un error y que no lo volverían a hacer.

Por estos hechos, Contraloría ordenó que el Municipio de Santa María deberá evitar incurrir en gastos como estos, sin perjuicio de que procederán a formular el reparo pertinente. Además, se estableció que la casa edilicia deberá adecuar su proceder a las partidas presupuestarias que correspondan.

LIMPIEZA DE FOSAS

En otro de los hechos que da cuenta Contraloría en su informe se indica que el Municipio que administra actualmente el alcalde Manuel León efectuó 22 compras mediante trato directo a cuatro proveedores durante 2021, por concepto de limpieza de fosas, correspondiente a $70 millones ($70.552.125).

Para llevarlas a cabo, se utilizó la causal del artículo 10, N° 3, del decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, de 2004, siendo tal antecedente insuficiente para justificar esa modalidad de adquisición. Por este motivo, se estableció que el Municipio deberá adoptar las medidas pertinentes para ajustarse estrictamente a la normativa que regula los procesos de contrataciones públicas.

Dentro del mismo ítem, se informó que no se adjuntó el formulario de solicitud de compras que respaldan estas 22 adquisiciones de trato directo, debiendo la casa edilicia incorporar tales documentos a los respectivos decretos de pago.

A raíz de todos estos hechos, la Municipalidad de Santa María deberá instruir un procedimiento disciplinario para determinar las eventuales responsabilidades administrativas involucradas, debiendo remitir el acto administrativo a la unidad de Seguimiento de la Fiscalía de la Contraloría General y de la Contraloría Regional.

OTRAS OBSERVACIONES

El 23 de julio de 2021, la Municipalidad aprobó vía trato directo la compra de servicios de desarrollo tecnológico, mediante licencias de software, con la empresa Sosafe S.A., por $8 millones ($8.168.160), pero sin entregar la documentación que acreditara la concurrencia de los elementos que configuran la causal establecida para tal compra.

También se verificó que el trato directo con la empresa Tecnología LK SpA, para implementar puntos de videovigilancia en los sectores de callejón El Río, cerro Yevide, acceso al río Aconcagua y vertedero municipal, se realizó sin acreditar los antecedentes necesarios para justificar la causal utilizada.

Por ambos hechos, Contraloría ordenó que el Municipio deberá evitar que nuevamente ocurran esas situaciones y también deberán fundamentar estas contrataciones a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo de la entidad fiscalizadora.

Finalmente, acerca del atraso en las conciliaciones bancarias de la cuenta corriente de Banco Estado, si bien, en la respuesta se aportaron las conciliaciones hasta agosto de 2022, en ese mes se anotan cheques girados y no cobrados por $34.026.552, con data superior a 90 días de antigüedad, por lo que el órgano comunal deberá ajustarse al procedimiento respectivo, situación que deberá acreditar en un plazo de 60 días hábiles, mediante el Sistema de Seguimiento y Apoyo de Contraloría.

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