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Duro revés judicial para el Servicio de Salud de Valparaíso: deberá pagar más de $20 millones a ex Subdirector de Desarrollo Institucional

Duro revés judicial para el Servicio de Salud de Valparaíso: deberá pagar más de $20 millones a ex Subdirector de Desarrollo Institucional

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Miguel Mujica presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones, que consideró "arbitrario" e "ilegal" el término anticipado de su contrato, el cual se extendía hasta el 31 de diciembre de este año, ordenándoles además el pago de todas sus remuneraciones.

Duro revés judicial para el Servicio de Salud de Valparaíso: deberá pagar más de $20 millones a ex Subdirector de Desarrollo Institucional
Miércoles 6 de diciembre de 2023 17:49
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El 23 de agosto de este año, Miguel Mujica Pizarro fue notificado del término anticipado de su contrato como Subdirector de Desarrollo Institucional subrogante del Servicio de Salud de Valparaíso - San Antonio (SSVSA), razón por la que decidió presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Habiendo pasado poco más de tres meses de este duro revés laboral, finalmente la tercera sala del tribunal de alzada porteño comunicó al recurrente que acogía el recurso presentado en contra del SSVSA, ordenándoles pagar la totalidad de sus remuneraciones y cotizaciones devengadas a su favor, mientras se extendió la separación de los servicios y hasta el día 31 de diciembre de 2023.

De esta manera, el Servicio de Salud que dirige de forma subrogante el cuestionado enfermero Cristian Gálvez López, deberá pagarle más de $20 millones a su ex Subdirector de Desarrollo Institucional, pues la justicia constató que su despido fue arbitrario e ilegal, tal como consigna el documento al cual accedió Puranoticia.cl.

ANTECEDENTES DEL CASO

Miguel Mujica Pizarro fue contratado el 31 de enero de 2023 como profesional de planta a grado 8, debiendo cumplir una jornada de 44 horas semanales, donde debía cumplir funciones como preparar proyectos para ser presentados a fuentes de financiamiento regional y proyectos de conservación de infraestructura.

Luego, el 20 de abril de 2023, se resolvió su nombramiento a contrata, grado 5, cumpliendo funciones como Subdirector de Desarrollo del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio, cargo que ostenta hasta el 23 de agosto, cuando se dicta una resolución impugnada, con la cual se puso término anticipado a su contrato, el cual –como ya se indicó– se extendería hasta el 31 de diciembre de este año.

Producto de esta decisión, el funcionario acusa que se trata de un acto "arbitrario e ilegal", ya que no fue fundamentado el acto administrativo, además de indicar que le deben viáticos, como dan cuenta 19 resoluciones exentas. En su recurso de protección, el trabajador desvinculado indica que los tribunales y la Corte Suprema sostienen que la autoridad administrativa puede prorrogar esta clase de contratos, pero no terminarlos anticipadamente, citando el artículo 10 de la ley 18.834.

Por esto es que el recurrente solicitó en su recurso judicial que se deje sin efecto la resolución y sea reintegrado a sus funciones en el SSVSA, disponiendo además el pago íntegro de las remuneraciones y asignaciones impagadas durante el periodo en que se mantuvo apartado de sus funciones en el mencionado Servicio de Salud.

RESOLUCIÓN

En base a todos estos antecedentes, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso resolvió como una de sus primeras conclusiones que lo reprochado es la decisión del Servicio de Salud de poner término anticipado al contrato, al estimar que sus servicios ya no son necesarios, pero "sin fundamento alguno, razones que producen que el acto impugnado sea carente del estándar de fundamentación establecido en el artículo 11 y 41 de la Ley Nº 19.880".

De esta manera, el tribunal de alzada indicó que determinada la "ilegalidad y arbitrariedad" del acto que puso término anticipado al contrato de Mujica, se estableció que el SSVSA "ha contrariado además el propósito que el legislador previó al establecer los empleos a contrata y definir sus características de transitoriedad, vulnerándose el derecho de igualdad ante la ley", que contempla la Constitución.

En base a ello, la resolución de la Corte sostiene que el recurso interpuesto por Miguel Mujica debe ser acogido "para el solo efecto de pagar las remuneraciones devengadas hasta el término natural de la última prórroga de la contrata".

Acerca del pago de las asignaciones impagadas de viáticos, el tribunal porteño estableció que "estas ya fueron pagadas", a excepción de las del mes de agosto, que está en vías de hacerlo. Esto, conforme a la documentación que así lo acredita y que fue presentada por el Servicio de Salud durante el proceso.

Por todas estas consideraciones, la justicia resolvió que se acoge sin costas el recurso de protección presentado por el ex Subdirector de Desarrollo Institucional del Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio "sólo en cuanto deberá proceder la autoridad recurrida a pagar a la parte recurrente la totalidad de sus remuneraciones y cotizaciones devengadas a su favor, mientras duró la separación de los servicios y hasta el día 31 de diciembre de 2023, no siendo posible su reincorporación a sus funciones, en atención a como lo reconoció tanto el recurrente como la recurrida en estrados, dicho cargo en la actualidad fue ocupado por un tercero".

PURANOTICIA

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