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Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental apelará a fallo por proyecto Dominga

Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental apelará a fallo por proyecto Dominga

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La Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ingresó un recurso de apelación en contra del fallo del Primer Tribunal Ambiental respecto a la nueva votación del proyecto minero-portuario Dominga.

Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental apelará a fallo por proyecto Dominga
Lunes 24 de febrero de 2025 18:48
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La Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ingresó un recurso de apelación en contra del fallo del Primer Tribunal Ambiental respecto a la nueva votación del proyecto minero-portuario Dominga.

Según consignó Emol, en el escrito, el SEA señala que "el Comité de Ministros resolvió cada una de las materias que habían sido resueltas por la sentencia definitiva en estricto acuerdo a lo fallado por el tribunal a quo".

En esta línea, afirman que en esa revisión se estableció que "el proyecto demostró tener deficiencias graves en su Plan de Contingencias y Emergencias, suponiendo un riesgo para el medio ambiente marino".

Además, se indica que, en la exposición a la instancia, los ministros y subsecretarios (s) “discutieron, acordando en el debate que estas alegaciones -que no habían sido resueltas por el Comité de Ministros del año 2023, ni por las sentencias del año 2021 y 2024- tenían sustento suficiente para ser acogidas, ya que daban cuenta de deficiencias insalvables de la evaluación ambiental y el proyecto mismo, especialmente considerando el frágil medio ambiente en el cual se localiza el Proyecto".

"Tanto el acuerdo como la posterior resolución terminal del procedimiento de reclamación se ajustaron plenamente a la Sentencia Definitiva y la sentencia del año 2021, ya que se rechazaron todas las alegaciones sobre las materias que fueron abordadas por ellas", aseveran.

El SEA argumenta que "la dictación de una nueva resolución que 'complemente', y en la práctica, modifique contenido de una decisión adoptada por un órgano colegiado como lo es el Comité de Ministros, vulnera a todas luces los principios de legalidad y juridicidad, al no atender a la forma en que se ejerce la potestad pública, que no es otra que aquella prescrita por la ley".

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