
Tribunal de alzada revocó la resolución del Juzgado de Garantía, que el martes pasado estimó que no existían antecedentes suficientes para configurar el secuestro agravado.
La Corte de Apelaciones de Concepción dejó en prisión preventiva a Pierre Danilo Rodríguez Pacheco (33), Franco Matías Cabezas Ferrada (32) y Mario Jesús Ogalde del Valle (58), imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de secuestro agravado, perpetrado en diciembre del año pasado.
De esta manera, el tribunal de alzada revocó la resolución del Juzgado de Garantía, que el martes pasado, en la audiencia de formalización, estimó que no existían antecedentes suficientes para configurar el secuestro agravado, sino que incluso podría tratarse de un “carrete común”, como declaró uno de los imputados.
El caso se remonta al pasado 27 de diciembre cuando –según la fiscalía– la víctima (34 años) fue abordada por los imputados mientras caminaba en la vía pública y llevada hasta una vivienda en la población Teniente Merino, donde permaneció secuestrada por dos días. En dicho lugar, los sujetos la golpearon y le robaron sus especies.
La Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE) de la PDI de Concepción detuvo a los tres imputados durante la tarde del lunes y los identificó como miembros la banda liderada por Sergio Zúñiga, alias «Maldito Checho», abatido en marzo pasado por carabineros tras evadir un control policial.
En fallo dividido, la quinta sala de la corte penquista estimó que los antecedentes "resultan ser suficientes en esta etapa de la investigación para tener por configurada la existencia del delito materia de la formalización, esto es, el secuestro agravado, debiendo tenerse presente que el estándar de convicción que se exige para los efectos de imponer una medida cautelar no puede entenderse de la misma entidad de la exigida por la ley para obtener una decisión de condena”.
La resolución agrega que “estos mismos elementos de convicción, constituyen presunciones fundadas para establecer, por ahora, la participación de autores materiales que se les atribuyó a los tres formalizados en el delito de secuestro”.
“Respecto de lo que se viene diciendo, no está demás consignar que el juez de primera instancia se planteó diferentes dudas que constan en la resolución en alzada, pero ellas pueden ser dilucidadas mediante las herramientas de investigación que la ley pone en manos del persecutor penal, sin embargo, las mismas no importan un obstáculo para tener por concurrentes los presupuestos materiales más arriba indicados en esta etapa del procedimiento”, añade la resolución.
Para el tribunal de alzada, "teniendo presente la gravedad del delito de que se trata, el hecho de haber actuado los agentes en grupo o pandilla, la sanción legal probable, sumado a todo ello los antecedentes penales que registran los imputados Rodríguez y Ogalde, son parámetros que razonablemente conducen a concluir que la medida cautelar suficiente, necesaria e idónea resulta ser, por ahora, la prisión preventiva que fue solicitada por el Ministerio Público".
PURANOTICIA