Tribunal de alzada de Valparaíso subrayó que las actuaciones del SSVSA no han sido arbitrarias ni ilegales, ni privan, perturban o amenazan el derecho de ninguna persona, incluidos los niños, niñas y adolescentes que fueron usuarios del aula hospitalaria.
En una decisión que marca un precedente en la gestión de servicios de salud y educación, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de protección presentado por la Fundación Educacional Carolina Labra Riquelme contra el Servicio de Salud Valparaíso-San Antonio (SSVSA), respaldando de esta forma la Resolución Exenta N° 5328 del 6 de diciembre de 2023, que puso término anticipado al convenio de colaboración mutua y contrato de comodato, los cuales permitían el funcionamiento de un Aula Hospitalaria en el Hospital Del Salvador.
La fundación argumentó que esta resolución vulneraba los derechos fundamentales de los niños y adolescentes que utilizaban el aula, además de violar leyes y tratados internacionales sobre el derecho a la educación. No obstante el tribunal de alzada desestimó tales acusaciones, afirmando que la decisión del SSVSA estaba debidamente justificada y no presentaba ningún indicio de ilegalidad.
De igual forma, la Corte subrayó que las actuaciones del Servicio no han sido arbitrarias ni ilegales, ni privan, perturban o amenazan el derecho de ninguna persona, incluidos los niños, niñas y adolescentes que fueron usuarios del aula hospitalaria.
El Servicio de Salud se centró en la toma de decisión en base a los cambios en el modelo de atención psiquiátrica del hospital, que ahora se enfoca en tratamientos de corta duración. Según la institución, esto hacía innecesario un espacio educativo permanente dentro del hospital. Además, destacaron que los niños y adolescentes beneficiarios del aula ya habían sido dados de alta, permitiéndoles reincorporarse a sus colegios de origen o a otros establecimientos educativos.
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“No se advierte ilegalidad alguna en la referida resolución, por cuanto está suficientemente justificada”, señala el fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones, decisión que a juicio del Servicio de Salud, refuerza el enfoque en liberar el espacio del hospital y ajustarse a las nuevas necesidades del modelo de atención.
En términos más amplios, la decisión refleja un cambio en la concepción contemporánea de la atención a niños y adolescentes con problemas de salud mental, ya que se prioriza su inclusión en la vida comunitaria y se cambia la perspectiva de la visión asilar, favoreciendo su desarrollo en un entorno normalizado que les permita adquirir competencias para interactuar con el mundo exterior.
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