El tribunal de alzada declaró admisible la acción impulsada por vecinos del Condominio Ayllú y dio un plazo de ocho días a la Municipalidad de Arica y a la Delegación Presidencial para entregar informes sobre las incivilidades denunciadas en avenida Comandante San Martín.
La Corte de Apelaciones de Arica declaró admisible un recurso de protección presentado por residentes del Condominio Ayllú, quienes denunciaron una serie de incivilidades que se registran en la Costanera Sur de la ciudad, específicamente en avenida Comandante San Martín.
Entre las situaciones expuestas por los residentes se encuentran ruidos molestos, música a alto volumen y consumo de drogas y alcohol en la vía pública.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras Juana Ríos Meza y Sara Pizarro Grandón, además del abogado (i) Ricardo Oñate Vera, acogió a trámite la acción constitucional.
La resolución establece un plazo de ocho días para que la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota y la Municipalidad de Arica remitan los antecedentes que tengan en su poder relacionados con los hechos denunciados.
“Téngase por interpuesto recurso de protección, se declara admisible. Atendida la relación de los hechos expuestos en el recurso y el acto que se impugna, pídanse informes a la Delegación Presidencial Regional de Arica y Parinacota, representado legalmente por su delegado presidencial regional don Cristián Sayes Maldonado y a la Ilustre Municipalidad de Arica, representado legalmente por su alcalde don Orlando Vargas Pizarro o a quienes los subroguen legalmente, los que deberán evacuarlos en el plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que digan relación con el mismo”, ordena la Corte de Arica.
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