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Corte confirma cancelación de matrícula de alumno con más de 40 anotaciones negativas en colegio de Curanilahue

Corte confirma cancelación de matrícula de alumno con más de 40 anotaciones negativas en colegio de Curanilahue

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La Corte de Apelaciones de Concepción respaldó al Colegio Particular Continental tras rechazar el recurso de la apoderada. El estudiante portó armas blancas y agredió a un compañero.

Corte confirma cancelación de matrícula de alumno con más de 40 anotaciones negativas en colegio de Curanilahue
Martes 12 de mayo de 2026 23:32
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En fallo unánime, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción descartó un actuar ilegal o arbitrario del Colegio Particular Continental de Curanilahue, que decretó el fin de la matrícula 2026 de un estudiante que tenía más de 40 anotaciones negativas.

Al analizar los antecedentes, el tribunal penquista argumentó en su dictamen que: "Del examen de los documentos aportados por la recurrida, en particular las denominadas 'Hojas de Registro de Entrevistas' y el 'Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual (PAEC)', aparece que el establecimiento educacional implementó diversas instancias de seguimiento y apoyo respecto del alumno, las que se tradujeron en reuniones periódicas con su apoderada –constando, entre otras, las de fechas 25 de agosto, 30 de septiembre y 20 de octubre de 2025–, destinadas a monitorear su evolución conductual, adherencia a tratamiento farmacológico y desempeño escolar".

En esa misma línea, la resolución judicial enfatiza las gestiones preventivas de la institución educativa, indicando que "lo anterior permite concluir que no existió una inactividad por parte del establecimiento, sino que la adopción de medidas de acompañamiento de lo cual se advierte que el establecimiento realizó esfuerzos de apoyo pedagógico y psicológico".

Respecto a la situación médica del involucrado, los magistrados fueron categóricos al precisar que "la circunstancia de que un estudiante presente diagnósticos o condiciones que configuren necesidades educativas especiales no lo exime del deber de cumplir las normas de convivencia escolar contenidas en el respectivo reglamento interno, ni lo sitúa al margen de las medidas disciplinarias que, en su caso, procedan, siempre que estas sean adoptadas conforme a un procedimiento racional y previamente establecido".

Asimismo, la corte de alzada subrayó la importancia de proteger al resto del alumnado. Según el documento, "el derecho a la educación del alumno debe necesariamente armonizarse con los derechos de los demás miembros de la comunidad escolar, en particular, el de desenvolverse en un ambiente educativo adecuado, seguro y respetuoso, lo que impone al establecimiento educacional el deber de resguardar la sana convivencia, pudiendo adoptar las medidas que estime pertinentes dentro del marco de su normativa interna, sin que ello importe, por sí solo, una actuación ilegal o arbitraria".

Los antecedentes que motivaron la drástica sanción incluyen graves episodios registrados durante el año 2024. Entre ellos, destaca que el estudiante fue sorprendido portando armas blancas —específicamente navajas— en al menos dos oportunidades dentro del recinto educativo. A esto se suma una agresión física contra un compañero, cuyas lesiones debieron ser constatadas médicamente en el Hospital de Curanilahue.

El historial del menor también registra el uso de lenguaje obsceno y la ejecución de gestos de connotación sexual, los cuales fueron dirigidos tanto hacia sus compañeras como a las docentes de la institución.

Finalmente, el registro escolar del estudiante acumuló un total de 42 anotaciones negativas en el período anual (superando la barrera de las más de 40 mencionadas en la acción legal), evidenciando un patrón de mala conducta reiterada y persistente a lo largo del tiempo.

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