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Condenan a 20 años de cárcel a autor de abuso sexual impropio y agravado contra hijas de su pareja en Valparaíso

Condenan a 20 años de cárcel a autor de abuso sexual impropio y agravado contra hijas de su pareja en Valparaíso

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Tribunal estimó que la pena es efectiva, restando el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva, esto es desde diciembre del año pasado.

Condenan a 20 años de cárcel a autor de abuso sexual impropio y agravado contra hijas de su pareja en Valparaíso
Viernes 9 de agosto de 2024 15:53
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La Fiscalía Local de Valparaíso representada por el Fiscal especializado en delitos sexuales, Álvaro Mansilla, llevó a juicio a un acusado de 52 años, ingeniero comercial de profesión, quien había cometido delitos de connotación sexual en contra de dos menores de 14 años, hijas de su pareja, entre los años 2017 y 2019 en la comuna de Valparaíso.

La Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, dio por acreditados los hechos y condenó al acusado como autor de ambos ilícitos.

Fue condenado a la pena de la pena corporal única de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, más las accesorias legales, como autor de los delitos de abuso sexual impropio en contra de persona menor de 14 años y abuso sexual agravado, en grado de consumados y en carácter de reiterados. Pena que estimó el Tribunal deberá ser cumplida en forma efectiva.

“A juicio de la Fiscalía los hechos antes descritos son constitutivos de los delitos de abuso sexual impropio y abuso sexual agravado, previstos y sancionados en los artículos 365 bis y 366 bis del Código Penal, respecto de ambas víctimas, en carácter reiterado, en grado consumado, en los que atribuye participación al acusado en calidad de autor”, señala la acusación.

"A juicio el Ministerio Público, respecto de ambas niñas, se encuentra absolutamente establecido el abuso sexual calificado y solicita condena a ese respecto. En cuanto al artículo 368, a su juicio, con el solo acuerdo de la madre de la víctima con el imputado se da en el sentido de cuidar a las niñas, pero en este caso hay aún más, el imputado llegó a este acuerdo con la víctima y él se ofrece voluntariamente para realizar esta conducta, él acepta el encargo de la madre, e incluso por la prueba de la defensa se establece que martes y jueves de 2017 a 2019 él estaba al cuidado de las niñas en esa casa”, señaló el Fiscal Mansilla en sus alegatos de clausura.

“Que, asimismo, se ha acreditado holgadamente en el juicio, la participación culpable y penada por la ley del encartado en los hechos que se tuvieron por asentados. Lo anterior se desprende de la sindicación persistente y categórica efectuada por las víctimas, quienes siempre imputaron, desde el día de la develación, única y exclusivamente al encausado, sindicándolo abiertamente como la ex pareja de su madre, (el acusado), quien corresponde, fuera de toda duda, a la persona del encartado”, señala la sentencia.

“La prueba ha sido clara, consistente, coherente, se acreditó fehacientemente los medios, las formas y los tiempos que utilizaba el imputado para quedarse con las niñas bajo la excusa de cuidarlas, y utilizó esos tiempos para instrumentalizarlas y objetivarlas absolutamente, convirtiéndolas en su objeto sexual durante dos años”, señaló el fiscal Álvaro Mansilla, quien destacó la alta pena conseguida para un acusado con irreprochable conducta anterior, donde el Tribunal acogió la agravante presentada por el Ministerio Público.

(Imagen referencial)

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