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Condenan a 17 años de presidio a padre por violación y abuso sexual contra su hija en la región de La Araucanía

Condenan a 17 años de presidio a padre por violación y abuso sexual contra su hija en la región de La Araucanía

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Estos ilícitos fueron perpetrados entre 2016 y 2021, en las comunas de Pucón y Padre Las Casas.

Condenan a 17 años de presidio a padre por violación y abuso sexual contra su hija en la región de La Araucanía
Lunes 21 de agosto de 2023 22:37
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, región de La Araucanía, condenó a A.E.J.J. a la pena única de 17 años de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor de los delitos consumados de violación y abuso sexual reiterado de menor de 14 años de edad.

Estos ilícitos fueron perpetrados entre 2016 y 2021, en las comunas de Pucón y Padre Las Casas.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Roberto Herrera Olivos (presidente) y Cecilia Subiabre Tapia (redactora)– aplicó, además, a A.E.J.J. las penas especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de Carabineros por los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena impuesta, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con menores de edad.

Asimismo, al ser el padre de la víctima, el condenado quedó privado de la patria potestad y de todos los derechos que por el ministerio de la Ley se le confieren respecto de la persona y bienes de la menor, de sus ascendientes y descendientes, “de lo cual se tomará nota al margen de la inscripción de nacimiento de la ofendida, debiendo prescindirse, en lo sucesivo de requerir su autorización para que la víctima salga del país”.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en el periodo comprendido entre 2016 y el 20 de enero de 2021, A.E.J.J. en reiteradas ocasiones realizó actos de relevancia y significación sexual en contra de la víctima, su hija de 9 a 13 años a la época de los hechos. Ilícitos cometidos en una cabaña de la localidad de Caburgua, comuna de Pucón, y en el domicilio familiar de Padre Las Casas.

Asimismo, entre el 21 de enero de 2018 y 2020, A.E.J.J. en, a lo menos, una ocasión violó a la niña, al interior del domicilio de Padre Las Casas.

Finalmente, y de conformidad con lo prevenido por la letra b) del artículo 9 de la Ley 20.066, se decretó, por el lapso de 2 años, la prohibición del condenado de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de estudios, de trabajo y a cualquier otro al que concurra o visite habitualmente, bajo apercibiendo de incurrir en el delito de desacato. Una vez transcurrido dicho plazo, “se decreta como medida de protección, al tenor de lo prevenido por el artículo 372 ter del Código Penal, la prohibición de aproximarse el imputado a la víctima por un periodo igual al de la pena impuesta”.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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