En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso estableció el "actuar arbitrario del Municipio", al poner en riesgo los derechos fundamentales de los residentes de esta localidad de Valparaíso.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto y le ordenó a la Municipalidad de la Ciudad Puerto adoptar todas las medidas necesarias para asegurarle a los vecinos de la localidad de Laguna Verde el abastecimiento de agua para uso y consumo humano, no inferior a 100 litros diarios per cápita.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Rosario Lavín, Rosa Aguirre y el ministro Leonardo Aravena– estableció el "actuar arbitrario del Municipio", al poner en riesgo los derechos fundamentales de los recurrentes.
El fallo sostiene que lo anterior, además, "tiene respaldo legal, constitucional y en los Tratados Internacionales suscritos por Chile, ya que como se resolvió en la sentencia referida, es el Estado, a través de todos sus órganos, el titular de la obligación que nos ocupa y al ser la Municipalidad una corporación autónoma de derecho público encargada de la administración local de cada comuna o agrupación de comunas, no puede sustraerse de tal deber”.
La resolución agrega que el artículo 1º, inciso segundo de la Ley N° 18.695 (en su actual texto refundido), previene que "la finalidad de la Municipalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas, siendo evidente que uno de esos requerimientos es el acceso al agua potable, recurso sin el cual no es posible la participación en el progreso aludido por la norma”.
Por tanto, sostiene que no quedan dudas que "asiste a la Municipalidad de Valparaíso la obligación de contribuir al acceso y provisión de agua potable o apta para consumo humano para los habitantes de Laguna Verde, localidad que es parte de la comuna”.
El tribunal de alzada estableció que la Municipalidad "ha tenido un comportamiento parcialmente omisivo en relación con la solución de la crisis de insuficiencia de agua apta para consumo humano que afecta a Laguna Verde, lo que no se compadece con la gravedad del problema que ello genera para la salud individual y pública, ni con la obligación, que la compromete, de satisfacer las necesidades de la comunidad y como órgano de la Administración del Estado".
Por este motivo, agregan, "su conducta resulta contraria a la ley y atentatoria de los derechos fundamentales de los recurrentes, según se señaló en el considerando duodécimo, por lo que el recurso será acogido en los términos que se precisar en lo resolutivo”.
Por tanto, resolvieron que "se acoge, sin costas, el recurso de protección", en representación de los vecinos de Laguna Verde, en contra de la Municipalidad de Valparaíso, a la que se le ordena "adoptar todas las medidas necesarias, a fin de asegurar (...) un abastecimiento de agua para uso y consumo humano no inferior a 100 litros diarios por persona, para lo cual deberá coordinarse con las autoridades del nivel central, regional y provincial competentes, a fin de dar cumplimiento a lo resuelto".
(Imagen: La Tercera)
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