
Un comerciante de Reñaca presentó un recurso contra la casa edilicia y la policía por una supuesta inacción ante el comercio ilegal, acción rechazada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que resolvió que "han actuado dentro de la esfera de sus atribuciones".
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó un recurso de protección presentado por un comerciante de Reñaca en contra de la Oficina de Seguridad del Municipio de Viña del Mar y de la Subcomisaría de Carabineros, por una supuesta inacción ante la presencia del comercio ilegal y, por el contrario, dio por acreditada las acciones, planes y coordinaciones que desplegadas para abordar dicha problemática y la presencia de personas en situación de calle en la ciudad y, particularmente, en el citado sector.
De acuerdo con el recurrente, el Municipio y Carabineros habrían incurrido en una omisión arbitraria e ilegal en el cumplimiento de sus deberes de resguardo del orden y seguridad pública en el sector de avenida Borgoño, vulnerando sus garantías constitucionales de integridad psíquica y derecho de propiedad.
Lo anterior fue rechazado por el tribunal de alzada porteño, señalando en su sentencia que “la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar ha acreditado la existencia de una estrategia integral y sostenida en el tiempo, que incluye un marco normativo (Ordenanza), una importante inversión en recursos humanos y logísticos (aumento de fiscalizadores y vehículos), y una política operativa de fiscalización constante”.
El director de Seguridad Pública del Municipio de la Ciudad Jardín, Alejandro Urbina, señaló que “este fallo es muy claro y reafirma el trabajo constante que realizamos a diario para abordar problemáticas como el comercio ilegal en la comuna, lo que es muy valorado por gran parte de la comunidad”.
“Nuestros equipos realizan patrullajes preventivos y fiscalizaciones permanentes junto Carabineros y la PDI, lo cual permite dar respuestas efectivas y reforzar la seguridad en distintos puntos de la ciudad. Esta es una labor que requiere continuidad y colaboración, y así seguiremos trabajando por la seguridad y el orden en Viña del Mar”, puntualizó el directivo de la casa edilicia viñamarina.
Asimismo, en su sentencia, la Corte subrayó que “de los antecedentes expuestos, se desprende que las recurridas (Municipio y Carabineros) han actuado dentro de la esfera de sus atribuciones y con los medios de que disponen, ejerciendo sus facultades de fiscalización y control. La problemática del comercio ambulante y las personas en situación de calle es un fenómeno social complejo, cuyo control y erradicación excede las posibilidades de una acción cautelar y requiere de políticas públicas de largo aliento”.
Por tanto, el tribunal de alzada resolvió que “en consecuencia, no existiendo la omisión arbitraria e ilegal que se imputa a las recurridas, sino por el contrario, una serie de acciones concretas y coordinadas para enfrentar la situación denunciada, el presente recurso no puede prosperar”, razón por la que lo dio por rechazado.
PURANOTICIA