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Tribunal Constitucional falla a favor de estudiantes ciegos de Viña del Mar y anula el tope de edad para la educación especial

Tribunal Constitucional falla a favor de estudiantes ciegos de Viña del Mar y anula el tope de edad para la educación especial

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El fallo del TC declara inaplicabilidad por inconstitucionalidad en una norma del Decreto con Fuerza de Ley del Ministerio de Educación, la cual permitió el egreso anticipado de 14 estudiantes con discapacidad visual del Instituto Vicente Mosquete de Viña del Mar.

Tribunal Constitucional falla a favor de estudiantes ciegos de Viña del Mar y anula el tope de edad para la educación especial
Miércoles 7 de enero de 2026 16:37
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A siete meses de haber sido ingresado ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de inaplicabilidad contra la norma que establece la edad máxima de ingreso a la educación especial, hecho que afectó con dureza a 14 ex estudiantes ciegos del Instituto Vicente Mosquete de Viña del Mar, finalmente se conoció la sentencia.

En ese sentido, el TC definió la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la parte del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 2 del Ministerio de Educación, que fijaba los 26 años como la edad máxima para recibir educación especial en nuestro país. 

Es justamente esto a lo que se acogió la Corporación Municipal de Viña del Mar para egresar anticipadamente a estos estudiantes ciegos, a quienes tampoco se les permitió terminar su programa de formación de lectura y escritura en braile.

Cabe recordar que el caso fue dado a conocer en enero de 2025 por el diputado Tomás Lagomarsino, quien comentó que los jóvenes con discapacidad visual fueron "expulsados" por la entidad municipal, motivo por el que ingresaron un recurso ante el TC para que la norma legal del DFL sea declarada inaplicable en su Artículo 27.

En ese momento, el parlamentario del Distrito 7 de la región de Valparaíso sostuvo que "esta norma perjudica a miles de personas en todo el país, que adquirieron una discapacidad visual después de los 26 años y que el sistema educativo deja de lado, que no entrega herramientas para poder desenvolverse con normalidad nuevamente en la sociedad: braille y uso de bastón, entre otros”.

Pero tras meses de espera, finalmente se conoció el pronunciamiento, el cual señala que "se acoge el requerimiento deducido a lo principal de fojas 1, declarándose la inaplicabilidad por inconstitucionalidad" respecto de la frase "tales límites de edad podrán ser distintos tratándose de la educación especial o diferencial, o de adecuaciones de aceleración circular, las que se especificarán por Decreto Supremo expedido a través del Ministerio de Educación", contenida en el artículo 27 del DFL del año 2009.

Además, este Decreto Supremo estableció que "con todo, el Ministerio de Educación reconocerá como la edad máxima de permanencia en la Educación Especial Diferencial los veintiséis años cumplidos durante el año lectivo correspondiente”.

El TC también resolvió que "esta exclusión priva de validez normativa al reglamento en el caso concreto, en la medida en que su vigencia y eficacia dependen de la norma legal cuya inaplicabilidad ha sido declarada".

"Conforme al principio de jerarquía normativa, un decreto supremo sólo puede producir efectos en virtud de una ley vigente que lo habilite; al haberse excluido tal base legal en esta gestión judicial, el reglamento pierde fuerza normativa en el juicio, y no puede ser invocado para justificar actos administrativos como el egreso de los estudiantes", concluyó en su fallo el Tribunal Constitucional.

Desde la Corporación Municipal de Viña señalaron a El Mostrador que el egreso de los 14 estudiantes "se produjo en el marco del Decreto N° 332 del año 2012, que establece los 26 años como edad máxima para recibir subvención especial, y del Oficio Ordinario N° 0927 de agosto de 2024, emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Educación, normativa que la Corporación Municipal se encontraba obligada a cumplir".

Frente a este escenario, aseguraron desde la entidad que "esperamos contar con buenas noticias que permitan superar la obligación normativa que se nos impuso y avanzar hacia una solución que resguarde la función social esencial que este instituto cumple para la comunidad no vidente de la región de Valparaíso".

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