SMA indicó que los cargos están asociados a la superación de los límites máximos permitidos establecidos en su Programa de Monitoreo para la descarga de residuos líquidos industriales, tanto en los parámetros de calidad como en el volumen de descarga.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló dos cargos contra ENAP Refinerías S.A., titular del establecimiento Refinería Aconcagua – Concón, ubicado en dicha comuna, asociados al manejo de residuos industriales líquidos (Riles).
El recinto, dedicado a la refinería de petróleo, descarga residuos líquidos derivados de su actividad al mar, constituyéndose como una fuente emisora. Para el tratamiento de estos residuos, cuenta con un sistema que forma parte del proyecto «Complejo Industrial para Aumentar la Capacidad de la Refinería de Petróleo Concón S.A. para Producir Diésel y Gasolina», el cual cuenta con aprobación ambiental desde 2003 y considera la descarga de los residuos líquidos industriales tratados mediante un emisario submarino ubicado en la bahía de Concón.
Al ser una fuente emisora, desde marzo de 2020, la Superintendencia fijó el Programa de Monitoreo (RPM N° 524/2020) correspondiente a la descarga de Riles, determinando en él los parámetros a monitorear, así como el cumplimiento de determinados límites máximos establecidos en la normativa ambiental vigente.
En el marco del programa de fiscalización de la Superintendencia, el equipo de fiscalizadores de la SMA en Valparaíso, con el apoyo de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar), realizó una inspección ambiental los días 22 y 23 de octubre de 2024, instalando por 24 horas un equipo de monitoreo para la toma de muestras y su posterior análisis en laboratorio. De forma paralela, el titular realizó su propio monitoreo como contramuestra.
Adicionalmente, se requirió al titular información sobre los últimos tres monitoreos de autocontrol realizados a la fecha de la inspección, la última mantención efectuada al sistema de tratamiento de Riles y los resultados del monitoreo desarrollado por el propio titular durante la fiscalización.
A partir de estas fiscalizaciones y del análisis de los antecedentes, la SMA formuló dos cargos de carácter leve contra la refinería: el primero, tras constatar que el titular superó los límites máximos permitidos para los parámetros de su Programa de Monitoreo, detectando superaciones del límite para Hidrocarburos Volátiles en mayo, julio, septiembre, octubre y noviembre de 2023, y entre junio y noviembre de 2024.
El segundo cargo fue formulado tras verificar que el titular excedió el límite de volumen de descarga exigido en su Programa de Monitoreo en agosto de 2024.
La jefa de la Oficina Regional de la SMA en Valparaíso, María José Silva, destacó que “una descarga de efluente líquido con niveles de contaminantes por sobre lo autorizado puede alterar la calidad del agua y afectar el ecosistema, por lo que es fundamental que las empresas cumplan los límites establecidos en sus programas”.
Desde ahora, el titular cuenta con un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos ante la Superintendencia del Medio Ambiente.
A través de una escueta declaración, ENAP Refinería Aconcagua se refirió la formulación de cargos comunicada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
En primer lugar, señalaron que "la empresa fue notificada por la SMA respecto a dos cargos de carácter leve y está analizando los pasos a seguir".
En paralelo, aseguraron que la firma en Concón "continúa realizando diversas inversiones y proyectos para mejorar la operación en sus instalaciones".
PURANOTICIA