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Presbítero de Valparaíso acusado de delitos sexuales fue declarado culpable, pero la Iglesia Católica sólo restringió su sacerdocio

Presbítero de Valparaíso acusado de delitos sexuales fue declarado culpable, pero la Iglesia Católica sólo restringió su sacerdocio

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Vicario Judicial aseguró que la declaración de la pena expiatoria perpetua de restricción del ministerio sacerdotal aplicada al presbítero José Antonio Olguín "es una altísima porque restringe de manera drástica el desarrollo público de su sacerdocio".

Presbítero de Valparaíso acusado de delitos sexuales fue declarado culpable, pero la Iglesia Católica sólo restringió su sacerdocio
Miércoles 7 de mayo de 2025 17:26
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En mayo del año 2020 se inició un proceso administrativo penal en contra del presbítero José Antonio Olguín Gutiérrez, perteneciente al Obispado de Valparaíso, por denuncias recibidas en su contra asociadas a delitos de carácter sexual.

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe, después de estudiar las actas de la causa, declaró culpable de algunos de los delitos que se le acusaban al presbítero Olguín.

Durante abril recién pasado, el Dicasterio entregó el mandato de imponer al acusado la pena expiatoria perpetua de restricción del ejercicio del ministerio sacerdotal.

Este decreto le prohíbe el desempeño de cualquier oficio, cargo, ministerio o función inherente al orden sacerdotal, además de otras medidas que apuntan al sentido penitencial que persigue esta pena que le entregaron al presbítero.

El obispo Jorge Vega Velasco, señaló al respecto que "la Diócesis de Valparaíso reitera su compromiso con la prevención de los abusos dentro de la Iglesia".

Consultado respecto a por qué no se le expulsó del estado clerical, el vicario judicial, presbítero Claudio Ortiz, explicó que "el Derecho Canónico que rige a la Iglesia Católica establece diversas medidas para la sanción de delitos y negligencias que los sacerdotes pudiesen cometer. En este sentido, la expulsión del estado clerical es la más alta de las penas, pero no la única. Por lo tanto, es el Dicasterio para la Doctrina de la Fe el que entrega distintos criterios para que se decreten algunas de estas penas".

Junto a ello, aseguró que "la declaración de la pena expiatoria perpetua de restricción del ministerio sacerdotal aplicada al padre Olguín es una altísima porque restringe de manera drástica el desarrollo público de su sacerdocio".

Pero en concreto, ¿qué significa la pena expiatoria perpetua? El Vicario Judicial señaló que "el Código de Derecho Canónico, en el canon 1336, detalla las penas expiatoria, entre las que se disponen mandatos, prohibiciones, privaciones y la expulsión del estado clerical. En este caso, del presbítero Olguín se aplicaron mandatos y prohibiciones. Estas últimas se relacionan con el desempeño de cualquier oficio, cargo, ministerio o función inherente al orden sacerdotal, además de otras medidas que apuntan al sentido penitencial".

Finalmente dijo que "el abuso es una experiencia traumática para las víctimas, causa dolor que por años tienen que cargar solas. Por eso es muy importante que las o la persona abusada no tenga contacto con el abusador, si es que ella no quiere. Por eso, en este momento, el padre Olguín no se ha comunicado con las víctimas".

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