Juzgado de Letras y Garantía de Quintero accedió a esta medida cautelar por considerar la libertad del imputado como peligrosa para la seguridad de la sociedad.
El Juzgado de Letras y Garantía de Quintero decretó la medida cautelar de prisión preventiva para Rodrigo Andrés Abello Castillo, imputado en calidad de autor del delito de homicidio, perpetrado durante la madrugada de esté sábado 14 de marzo en la localidad de Ventanas, ubicada en la comuna de Puchuncaví.
En la audiencia de formalización, el magistrado Patricio Toro tomó en consideración que entre los antecedentes presentados por el Ministerio Público, “el informe de autopsia (...) concluye por el especialista que la causa de muerte la califica de muerte violenta, con una causa inmediata por una herida perforante por arma blanca, transfixiante cardíaca, esto es de acuerdo a la orientación también que advierte el especialista, llega hasta esa zona, lo que le provoca inevitablemente su muerte”.
“De modo tal que vincular una posible causa de muerte a la falta de atención (...), no se corresponde con las conclusiones científicas del informe de autopsia, respaldadas por los antecedentes que constata el SAMU al momento de llegar al lugar, donde yacía la víctima en la vía pública, y las conclusiones también del personal especializado en la Brigada de Homicidios y sus peritos, coincidentes con las conclusiones del Servicio Médico Legal”, agrega el juez.
También estimó para presumir la participación de Rodrigo Abello las declaraciones de testigos y cámaras de seguridad del lugar donde ocurrió el hecho. "Aparecen respaldadas por las cámaras de seguridad, que si bien algunas de ellas, principalmente las que captan el momento de la agresión, aparecen en blanco y negro y no tienen una mejor definición, sí permiten al tribunal al menos apreciar a dos sujetos con los respaldos de las cámaras de seguridad siguientes, llegan a identificarse por un lado como la víctima –de acuerdo a la trayectoria que ésta sigue– las manchas sanguinolentas que va dejando en su trayecto y, por otro lado, también permiten identificar al imputado a partir de las declaraciones de estos testigos y también las vestimentas".
"Al menos lo que alcanza a apreciar el tribunal en las siguientes secuencias del trayecto del autor de estos hechos, el jockey, que finalmente después es incautado al imputado, en una de las secuencias se le aprecia claramente vistiéndose el jockey en los minutos siguientes a la ocurrencia del hecho”, complementó.
Finalmente, el magistrado determinó determinó que para este caso hay un “delito que tiene asignada pena de crimen, pena mínima de 10 años y un día, no obstante su irreprochable conducta anterior, esa es la pena que en principio correspondería aplicar al caso y, por lo demás, aunque se pueda rebajar por consideración a otras atenuantes, la imposibilidad de otorgamiento de pena sustitutiva (...) también lleva al tribunal a descartar esa posibilidad”, por lo que accedió a la prisión preventiva por considerar la libertad del imputado como peligrosa para la seguridad de la sociedad.
El juez ordenó el ingreso del imputado al Complejo Penitenciario de Valparaíso y fijó el plazo de investigación en 90 días.
PURANOTICIA