El Consolidado de Información Circularizada de la Contraloría advierte incumplimiento grave de la normativa y ordena sumarios administrativos a 36 entidades estatales a nivel nacional, las cuales contrataron a un total de 35 personas inhabilitadas para trabajar con niños.
El 19° Consolidado de Información Circularizada (CIC) de la Contraloría General de la República arrojó datos contundentes respecto a personas que se desempeñan en organismos del Estado pese a tener prohibición absoluta para trabajar con menores de edad, una situación que es considerada grave por su relación habitual con niños y que, en el caso de la región de Valparaíso, afecta a dos entidades públicas: la Municipalidad de Los Andes y el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota (SSVQ).
Durante el periodo 2025 se identificaron un total de 35 casos de personas con prohibición absoluta para trabajar con niños, niñas y/o adolescentes, desempeñando funciones en instituciones públicas, situación que implica una relación directa y habitual con menores de edad, incumpliendo de esta manera la normativa vigente y, además, comprometiendo la protección de derechos fundamentales.

Antes de detallar las instituciones que incumplieron lo establecido, vale recordar que el Decreto Ley N° 645 regula el Registro General de Condenas y el Registro Seccional de Inhabilitaciones, con dos secciones especiales: «Inhabilitaciones Perpetuas» e «Inhabilitaciones Temporales». Según su artículo 6 bis, toda institución que requiera contratar a una persona para un empleo con relación directa con menores, deberá antes solicitar información si el trabajo está afecto a inhabilitación absoluta, perpetua o temporal para desempeñar funciones de relación directa y habitual con menores.
En ese sentido, la fiscalización de la Contraloría permitió detectar que 35 personas inhabilitadas para trabajar con menores aparecen durante 2025 como contratadas para ejercer funciones públicas, con contacto directo y habitual con menores. Entre ellas aparecen sólo dos con sede en la región de Valparaíso: la Municipalidad de Los Andes y el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, organismos de los cuales no se precisan detalles respecto a la labor que desempeñaban las personas detectadas.
Vale hacer presente que las personas pueden haberse desempeñado en dos o más instituciones durante 2025, lo que explica que existan 36 entidades y 35 personas.
Ahora, si la mirada se pone en lo ocurrido entre el año 2020 y agosto de 2025, se observan 164 casos de personas inhabilitadas que aparecen como contratadas para ejercer funciones públicas, con contacto directo y habitual con menores. En ese sentido, 72 entidades contrataron a personas inhabilitadas para trabajar con menores.

Bajo este contexto, el Consolidado de Información Circularizada da cuenta que la mayor cantidad de cargos y funciones relacionadas con menores de edad provienen del ámbito escolar: ya sea profesores, asistentes de la educación o auxiliares de aseo.
Respecto a las acciones derivadas, se informó que las entidades que actualmente mantienen vínculo jurídico con personas con inhabilitación absoluta perpetua en la materia, deberán dar inmediato cumplimiento a la normativa citada. Para tal fin, tendrán que considerar lo dispuesto en el artículo 63 de la ley Nº 18.575, tanto respecto de las remuneraciones pagadas a la persona inhábil como de las responsabilidades administrativas de los funcionarios que intervinieron en su nombramiento.
Además, deberán iniciar el procedimiento disciplinario respectivo para determinar las responsabilidades administrativas por el incumplimiento del anotado artículo 6 bis del Decreto Ley Nº 645, remitiendo el acto administrativo que inicia dicho sumario. Ambas acciones deberán ser reportadas en el Sistema de Inspección de Acciones Derivadas de la Contraloría General de la República, en un plazo de cinco días hábiles.
PURANOTICIA