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Corte Suprema confirma fallo que ordena controlar al comercio ilegal del centro de Viña

Corte Suprema confirma fallo que ordena controlar al comercio ilegal del centro de Viña

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34 comerciantes y vecinos del centro de la Ciudad Jardín acudieron a la justicia a denunciar "omisiones" en el control del comercio ambulante ilegal de la calle Valparaíso.

Corte Suprema confirma fallo que ordena controlar al comercio ilegal del centro de Viña
Martes 26 de agosto de 2025 17:30
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La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que instruyó a la Municipalidad de Viña del Mar ordenar el comercio ambulante ilegal que se instala en las céntricas calles de la comuna, acogiendo de esta manera un recurso de protección interpuesto por 34 comerciantes y vecinos del plan de la Ciudad Jardín.

El documento ingresado por los ciudadanos iba dirigido en contra de la Municipalidad de Viña del Mar, la Delegación Presidencial Regional, la Seremi de Salud y la Seremi de Seguridad Pública, y en él explicaban que se trata de personas que generan 50 empleos directos y 300 indirectos, pero que actualmente se ven imposibilitados de trabajar y transitar con normalidad por las veredas debido a la presencia de los ambulantes.

Esto, a su vez, les ha generado una serie de complicaciones, tanto personales como económicas, incluso con la amenaza latente de tener que cerrar sus comercios. Por este motivo, acudieron a la justicia a denunciar "omisiones" en el control del comercio ambulante ilegal de la calle Valparaíso de Viña del Mar, con afectación al derecho a la integridad física y psíquica a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, al ejercicio de actividad económica lícita, al trato igualitario en el ámbito económico, al dominio sobre la propiedad y a la esencia de sus derechos constitucionales.

Lo expuesto por los comerciantes y vecinos fue acogido por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que expresó que "es posible constatar que este escenario se mantiene y que las acciones que describen las recurridas, han resultado insuficientes e ineficaces para controlar el orden público en el sector aludido, sin que las autoridades puedan excusarse en una supuesta falta de recursos que le han sido asignados".

Así es como el tribunal de alzada ordenó al Municipio, Delegación Presidencial y Seremis, "proceder a adoptar medidas concretas, suficientes y eficaces tendientes a evitar la futura instalación de comercio ilegal en el sector mencionado, por sí y/o en colaboración o coordinación con las distintas instituciones que deban participar en la prevención y erradicación de esta clase de comercio ilegal en la zona".

Respecto de las omisiones de la Municipalidad de Viña del Mar, la Corte planteó que tienen todas las facultades legales para decretar el retiro del comercio ambulante ilegal existente en el entorno de la calle Valparaíso de la comuna, las que –sin embargo– "no ha ejercido de modo adecuado, constante y oportuno".

Acerca de la Delegación Presidencial y la Seremi de Seguridad Pública, advierte el fallo que han incurrido en omisiones graves al no ejercer las atribuciones ni cumplir las obligaciones que la ley les da, ya que son las instituciones que deben generar las acciones determinantes para garantizar la seguridad, el orden público, el resguardo de las personas y bienes, y el requerimiento del auxilio de la fuerza pública. 

Mientras que de la Seremi de Salud, exponen que, de las normas citadas se derivan numerosas obligaciones y deberes para la autoridad de Salud que imponen una serie de actuaciones en el ámbito de decisiones con consecuencias para la salud de la población, entre otras, fiscalizar y adoptar las medidas tendientes a la eliminación de aquellos factores que puedan comprometer la salud, en general, de todos y cada uno de los recurrentes y de quienes transitan por el plan de la Ciudad Jardín

Asimismo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso abordó en su sentencia la infracción del principio de coordinación entre los órganos del Estado, ya que no ha habido una actuación conjunta bajo una dirección que los conduzca al resultado esperado.

Pero tras este fallo, los recurridos presentaron una apelación ante la Corte Suprema, la que finalmente resolvió confirmar lo estipulado previamente por el tribunal de alzada porteño: "Se confirma la sentencia apelada de fecha veinticuatro de julio de dos mil veinticinco, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso", reza el fallo.

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