Los fallos unánimes del tribunal de alzada porteño descartaron actuar ilegal o arbitrario por parte de la autoridad penitenciaria regional, priorizando las razones de seguridad y sobrepoblación por sobre el arraigo familiar invocado por las respectivas defensas.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso desestimó los recursos de amparo interpuestos en favor de tres internos que fueron trasladados desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso hasta el Complejo Penitenciario de Talca. En sus resoluciones, las distintas salas del tribunal de alzada concluyeron que las medidas adoptadas por Gendarmería de Chile se ajustan a la normativa vigente y se encuentran debidamente fundamentadas.
Las acciones judiciales buscaban que los internos fueran restituidos al establecimiento penitenciario de origen, argumentando principalmente una eventual afectación de su arraigo y vínculos familiares.
Frente a estos planteamientos, Gendarmería sostuvo que los traslados respondían a la necesidad urgente de descongestionar el Complejo Penitenciario de Valparaíso, recinto que actualmente registra una población penal superior a los 3.500 internos, pese a contar con una capacidad de diseño de solo 1.919 plazas.
A este escenario de sobrepoblación se sumaron antecedentes relacionados con la conducta y segmentación de los internos involucrados, elementos que fueron considerados por la institución para fundamentar las medidas adoptadas.
Al momento de resolver los recursos, cada una de las salas de la Corte de Apelaciones entregó argumentos para mantener los traslados y descartó que estos constituyeran una vulneración ilegal de los derechos de los internos.
En la resolución adoptada por la Cuarta Sala, se estableció que “no se advierte la existencia de algún acto ilegal que pueda afectar la seguridad individual del amparado”, agregando que corresponde a Gendarmería determinar la unidad penal y el módulo en que los internos deben cumplir las penas impuestas.
En tanto, la Quinta Sala se refirió al arraigo familiar invocado en el recurso y sostuvo que dicha garantía “no reviste un carácter absoluto y debe ponderarse frente a las exigencias de seguridad, clasificación y gestión de la sobrepoblación penitenciaria que informan la decisión de traslado”.
Finalmente, la Tercera Sala, al rechazar el recurso impetrado, razonó que “las circunstancias personales y familiares invocadas en el recurso, aun cuando resultan atendibles, no permiten establecer la existencia de ilegalidad en la actuación reclamada”.
De esta manera, la Corte de Apelaciones de Valparaíso ratificó las decisiones de Gendarmería de Chile, al considerar que los traslados fueron dispuestos por la autoridad competente y dentro del marco de sus atribuciones legales.
PURANOTICIA