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Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que violó a adulta mayor en su domicilio en Quilpué

Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que violó a adulta mayor en su domicilio en Quilpué

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Acusado ingresó a la casa de la víctima en noviembre de 2022, aprovechándose de que la mujer, de 70 años, presentaba una discapacidad del 60%, sin tener la posibilidad de defenderse.

Condenan a 10 años de cárcel a sujeto que violó a adulta mayor en su domicilio en Quilpué
Jueves 16 de octubre de 2025 20:05
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La Fiscalía de Quilpué llevó a juicio a J.C.B.B., de 40 años, conocido como «Cuervo», por su participación en calidad de autor de un delito de violación que afectó a una víctima adulta mayor al interior de su domicilio.

El fiscal Walter Wenzel expuso en el juicio que el acusado ingresó a la casa de la víctima el 4 de noviembre de 2022 para cometer el ilícito, aprovechándose de que la mujer, de 70 años, presentaba una discapacidad del 60%, sin tener la posibilidad de defenderse.

Gracias a la denuncia oportuna de sus familiares, las diligencias investigativas y el apoyo de vecinos días después de lo ocurrido, se logró detener al acusado del delito

La Fiscalía presentó prueba pericial, documental y testimonial, entre otras, donde no se pudo contar con la declaración en juicio de la víctima, ya que falleció el año 2024. Esta prueba de cargo fue valorada por el Tribunal, que condenó al acusado por los hechos materia de la acusación.

“Finalmente, la prueba de cargo del ente persecutor ha sido lo suficientemente idónea para incriminar al acusado. Del mismo modo, toda la prueba de imputación, fundamentalmente testimonial, como pericial, discurre sobre la base de la participación directa del acusado en los hechos establecidos en el considerando relativo a la participación”, señala la sentencia.

El fiscal recalcó durante sus alegatos el mal que había causado el imputado, lo que fue reforzado con la declaración de los familiares de la víctima y valorado por los magistrados al determinar la pena.  

“No concurriendo en la especie, circunstancias minorantes ni agravantes de responsabilidad criminal, y conforme lo faculta el artículo 68 del Código Penal, pudiendo recorrer el Tribunal, al aplicar la pena toda su extensión, se fijará dentro del grado de presidio mayor en su grado mínimo, y su quantum en el máximo, esto es,10 años de presidio mayor en su grado mínimo, teniendo en consideración la mayor extensión del mal causado por el ilícito a una persona vulnerable quien tuvo pesadillas recurrentes luego del acometimiento sexual del que fue víctima, sufrimiento que se traspasó a sus hijos”, agrega el fallo.

A la pena efectiva del acusado se sumó la condena por penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Además de la prohibición de acercamiento a los hijos de la víctima por el plazo de un año.

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