El presidente de la Comisión, Pedro García, explicó que durante 10 días se analizaron “más de 780 solicitudes de condenados quienes pretenden obtener este beneficio".
En su primera sesión el año, la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió 29 postulaciones de las 779 revisadas, lo que corresponde al 3,7% de las carpetas ingresadas desde los centros penales de la región.
Este año la comisión es presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Pedro García, e integrada por los magistrados Manuel Muñoz, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar; Camilo Obrador, del Juzgado de Garantía de Valparaíso; Pamela Peralta y Sergio Pizarro, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, además de Magdalena Bórquez, secretaria (ad hoc) de la comisión.
El presidente de la Comisión de Libertad Condicional, Pedro García, explicó que durante 10 días se analizaron “más de 780 solicitudes de condenados quienes pretenden obtener este beneficio y para ello, en conjunto con los magistrados que forman parte de la comisión, hemos desarrollado un análisis detallado del contenido de los informes de Gendarmería”.
Respecto del informe elaborado por esa institución, detalló que esos documentos “revelan los antecedentes vinculados a la buena conducta que han desplegado los condenados durante el período de tiempo anterior que resulta relevante para poder otorgar este beneficio, el respeto a las normas internas de convivencia, el desapego a actividades criminológicas, la conciencia del delito y el respeto a los espacios de la víctima, que son elementos fundamentales que se consideran para evaluar positivamente la posibilidad de obtener este beneficio que pueden obtener los condenados en determinadas circunstancias, conforme lo establece la ley”.
El trabajo de la comisión está regido por el Decreto Ley N° 321, modificado por la ley 21.124, que entró en vigencia el 18 de enero de 2019, y que establece como requisitos de postulación haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia y las posibilidades reales de reinserción.
La última modificación legal a la normativa se realizó en noviembre de 2023, con la entrada en vigencia de la ley 21.627 que endurece los requisitos para la libertad condicional en Chile, elevando los estándares de seguridad y fortaleciendo activamente los derechos de las víctimas, lo que no sólo garantiza la notificación a las víctimas respecto de las postulaciones de los victimarios, sino que también permite que presenten alegaciones por escrito.
Así lo precisó la integrante de la comisión, magistrada Pamela Peralta, quien explicó que “un aspecto relevante a considerar es el derecho de toda víctima a dar a conocer sus alegaciones ante la comisión de libertad condicional. Cuando una persona privada de libertad postula el beneficio de la libertad condicional, el tribunal encargado de la ejecución de la sentencia notifica a la víctima y la víctima, mediante la presentación de un escrito o a través de un correo electrónico enviado a la comisión, puede dar a conocer las alegaciones que estime oportuno. Durante este semestre, se conocieron 46 presentaciones de distintas víctimas”.

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