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Autor de brutal asesinato en subida Ecuador de Valparaíso fue condenado a presidio perpetuo

Autor de brutal asesinato en subida Ecuador de Valparaíso fue condenado a presidio perpetuo

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El tribunal impuso la máxima pena de la legislación chilena a Alexis Ramírez por el homicidio calificado de un hombre y las lesiones de una estudiante en 2022. Su implacable historial delictivo y falta de empatía fueron claves para el fallo unánime.

Autor de brutal asesinato en subida Ecuador de Valparaíso fue condenado a presidio perpetuo
Viernes 12 de junio de 2026 17:25
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso dictó sentencia definitiva contra Alexis Abraham Ramírez Gutiérrez, de 26 años, conocido como "El Chucky", condenándolo a la pena de presidio perpetuo como autor ejecutor de un delito consumado de homicidio calificado con alevosía.

La resolución fue adoptada de manera unánime por las magistradas Marcela Osorio, Maureen Darrouy y Pamela Peralta. Además, el condenado recibió una pena adicional de 301 días de presidio por el delito de lesiones menos graves en perjuicio de una estudiante universitaria.

Los hechos se remontan a la tarde del 28 de noviembre de 2022, al interior del pub "Barmacia", ubicado en la subida Ecuador de Valparaíso.

Según los antecedentes acreditados durante el juicio, Ramírez Gutiérrez protagonizó una violenta discusión familiar con su padre en las terrazas del local. El altercado escaló hasta los golpes y provocó la rotura de los ventanales del establecimiento.

Ante la situación, trabajadores del recinto resguardaron a los clientes en el interior del pub para evitar que resultaran afectados. Sin embargo, el condenado regresó al lugar portando un cortapluma y, de acuerdo con lo establecido por el tribunal, actuó "obrando sobre seguro" y con un "evidente ánimo de matar", aprovechando la total indefensión de las víctimas en una secuencia que se extendió por apenas seis segundos.

Respecto del homicidio, el fallo determinó que el imputado persiguió a un hombre de 32 años que observaba los disturbios desde el exterior del local. Una vez que lo alcanzó, le propinó una estocada por la espalda, provocando su caída. Luego, cuando la víctima ya se encontraba en el suelo, le propinó un puntapié en la zona lumbar y posteriormente continuó atacándolo.

La agresión le provocó lesiones de extrema gravedad que derivaron en su fallecimiento días más tarde en un centro asistencial.

Durante la misma irrupción armada, Ramírez Gutiérrez también atacó a una estudiante universitaria que se encontraba en el lugar, causándole una herida en el muslo izquierdo, hecho por el cual fue condenado por lesiones menos graves.

Durante el juicio, la defensa intentó disminuir la responsabilidad penal del acusado argumentando un quiebre emocional asociado a trastornos de personalidad antisocial.

No obstante, los peritajes realizados por el Servicio Médico Legal y la prueba rendida por el Ministerio Público descartaron la existencia de una causal de inimputabilidad o de una atenuante de responsabilidad. Los antecedentes presentados establecieron que el condenado mantenía un perfil altamente peligroso y evidenciaba una "falta total de empatía con el sufrimiento humano".

La fiscal de la causa, Greta Fuchslocher Hassenberg, sostuvo que la imposición de la máxima sanción contemplada por la legislación chilena resulta necesaria para prevenir nuevos episodios de violencia extrema. Asimismo, recordó que el condenado mantenía un amplio prontuario penal, que incluía otra condena previa a presidio perpetuo por el asesinato de barristas en el Parque Italia.

Durante el proceso judicial, una de las víctimas relató las consecuencias que el ataque tuvo en su vida y el temor que experimentó tras los hechos.

"Fue súper angustiante, sabiendo que esta persona estaba libre, producto de esto se cambió de región, se fue a vivir al sur, porque le daba miedo estar acá".

Tras conocerse la sentencia, el Ministerio Público señaló que la resolución entrega la necesaria tranquilidad a las familias y afectados, luego de un extenso proceso judicial.

Finalmente, una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal ordenó la toma obligatoria de muestras biológicas del condenado para su incorporación al Registro Nacional de ADN de Condenados.

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