El organismo público subrayó la importancia de que la ciudadanía de las zonas afectadas denuncie oportunamente los abusos.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), alertó sobre de la importancia de que los consumidores que habitan en la zona afectada por el terremoto y tsunami del pasado miércoles conozcan sus derechos y los hagan valer.
Específicamente, en las localidades de las tres provincias de la Región de Coquimbo afectadas por el movimiento telúrico y que en la actualidad se encuentran bajo estado de excepción constitucional, la ley N° 16.250, que fija disposiciones para casos de sismos o catástrofe, establece sanciones severas para quienes cometan irregularidades en la comercialización de productos o servicios.
Entre estos casos se cuentan: negar sin fundamento la venta de productos de consumo; vender productos a precios superiores a los acostumbrados; comercializar productos con engaño en lo referente a la medida, peso o calidad de los mismos; incurrir en conductas tales como ocultar, acaparar o destruir mercaderías. También, comercializar bienes destinados a ser distribuidos gratuitamente en la zona afectada por la emergencia.
Específicamente en lo referido a los precios, el Sernac enfatizó que éstos: deben ser informados con anticipación y de forma visible y deben comprender impuestos y cobros por cualquier otro concepto; debe cobrarse a los consumidores estrictamente el precio indicado, y el costo de productos y servicios debe estar expresado en moneda nacional.
En otro orden de cosas, el Servicio Nacional del Consumidor advirtió que en el caso de los servicios básicos, que en las zonas afectadas se han visto suspendidos, las empresas no pueden cobrar por el período de corte de suministro y deben reponer el servicio lo antes posible.
En el caso del transporte aéreo, cualquiera sea la razón por la que un vuelo pueda atrasarse o suspenderse, el usuario no puede perder su pasaje y la línea aérea deberá reagendar el vuelo o reintegrar el valor del viaje al pasajero.
Respecto de los daños sufridos en viviendas, el organismo público aclaró que las inmobiliarias deben responder con las garantías que corresponda ante los arreglos que sea preciso practicar.
En lo referente al servicio de los bancos e instituciones financieras, estas instituciones deben garantizar la disponibilidad de dinero en todas las áreas afectadas por el desastre.
En todos aquellos casos en los que existan seguros comprometidos, las empresas aseguradoras no pueden contemplar cláusulas abusivas en sus pólizas que, por ejemplo, se desentiendan de la responsabilidad en indemnizaciones o reparaciones relacionadas con la ocurrencia de siniestros.
Finalmente, y en relación a los infortunados hechos acontecidos en el supermercado de la cadena Líder, ubicado en General Velásquez con la Alameda, recinto en el que se impidió la salida de la clientela durante la ocurrencia del sismo, el Sernac señaló que comercios como supermercados y malls no pueden dificultar la evacuación de los consumidores y, cuando sea necesario, están obligados a abrir puertas, desbloquear salidas y levantar todo tipo de barreras.
Para consultas y reclamos, el organismo público informó que la ciudadanía puede realizar sus denuncias y plantear dudas en el sitio web www.sernac.cl o en los fonos 600 594 6000 (fijo) y 02 25946000 (consultas por celular).
Pn/ci
ATON CHILE