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Ordenan indemnizar a trabajadoras despedidas del Ministerio de Desarrollo Social

Ordenan indemnizar a trabajadoras despedidas del Ministerio de Desarrollo Social

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Corte de Apelaciones de Valdivia ratificó fallo de primera instancia dictado a favor de la demanda laboral interpuesta por dos gestoras familiares que acusaron a la repartición de despido injustificado.

Ordenan indemnizar a trabajadoras despedidas del Ministerio de Desarrollo Social
Jueves 8 de octubre de 2015 12:43
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La Corte de Apelaciones de Valdivia ratificó el fallo dictado a favor de la demanda laboral interpuesta por dos trabajadoras en contra del Ministerio de Desarrollo Social, que fueron despedidas de esa repartición pública.

En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada rechazó así el recurso de nulidad interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado, que buscaba dejar sin efecto la sentencia de primera instancia, dictada por la jueza del tribunal laboral, Inge Müller, a favor de las gestoras familiares Andrea Jacques Meza y Milenna Andrea Barrera García, quienes acusaron despido injustificado.

En su sentencia de primera instancia, la titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia estableció la existencia de un vínculo laboral entre el Estado y las demandantes, que ejercieron sus funciones entre el 2013 y 2014.

"Debe tenerse en consideración que el arbitrio de nulidad descansa en el hecho que el vínculo contractual que ligó a las demandantes con la demandada Ministerio de Desarrollo Social, fue el de un convenio de honorarios, enmarcado en la facultad de la Administración del Estado para contratar bajo dicha figura en casos que deban realizarse labores accidentales y que no sean habituales de la institución", sostiene el fallo.

"(...) La sentenciadora estableció precisamente lo contrario, esto es, que los servicios que prestaban las trabajadores correspondían a las habituales de la institución. De este modo, la causal de invalidación esgrimida por el Fisco de Chile en este punto no podrá prosperar", añade la resolución de primera instancia, que ordenó al Fisco a indemnizar a ambas trabajadoras.


Pn/gm
ATON CHILE

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