Tanto las dos firmas como la Secretaría de Estado presentaron sendos recursos de apelación para que la Corte de Apelaciones de Valparaíso eche pie atrás en el histórico fallo que suspendió la entrada de cualquier nave que transporte carbón a la Bahía de Quintero.
"Suspéndase la entrada a la bahía de Quintero de cualquier nave que transporte carbón, y la descarga de carbón en el muelle de Puerto Ventanas S.A. (...) Suspéndase la descarga de efluentes provenientes directa o indirectamente de cualquiera de las unidades de la central termoeléctrica de Ventanas de AES Gener S.A.".
Este es el fallo que la Corte de Apelaciones entregó respecto a la serie de varamientos de carbón que se han producido en la caleta de Ventanas, ubicada en la comuna de Puchuncaví, sentencia que responsabiliza directamente a las empresas AES Gener y Puerto Ventanas por los episodios de contaminación en esta zona del litoral norte de la región de Valparaíso.
Y es que se trata de una resolución histórica, pues nunca antes se había emitido un fallo tan duro en contra de alguna compañía presente en este sector considerado como "zona de sacrificio" por los constantes episodios de contaminación ambiental que han afectado desde más de una década a la población tanto de Puchuncaví como de la vecina Quintero.
Entendiendo la importancia y dureza del fallo, las empresas AES Gener S.A., representada por el abogado Mario Galindo Villarroel, y Puerto Ventanas S.A., representada por el abogado Edgardo Palacios Angelini, presentaron un recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva, dictada el pasado jueves 3 de junio por la IV Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y ante la cual presentaron una serie de argumentos.
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Pero esto no es todo, pues el abogado procurador fiscal de Valparaíso, Michael Wilkendorf Simpfendorfer, en representación del Ministerio del Medio Ambiente, también acudió al tribunal de alzada porteño para apelar a la sentencia.
"Vengo en deducir recurso de apelación respecto de la sentencia de fecha 3 de junio de 2021, mediante la cual se acogió parcialmente el recurso deducido en autos, en la parte que el mismo se dirigió en contra del Ministerio de Medio Ambiente", señala el documento de 28 páginas, al cual Puranoticia.cl tuvo acceso.
Todo esto se originó el 1 de octubre de 2019, cuando se interpuso un recurso de protección presentado entre otros por los Senadores Francisco Chahuán y también por parte del senador Juan Ignacio Latorre (RD) en contra de AES Gener S.A., Empresa Eléctrica Ventanas S.A., Empresa Campiche S.A., Puerto Ventanas S.A. y el Ministerio del Medio Ambiente, debido a las eventuales acciones u omisiones arbitrarias e ilegales en que han incurrido las recurridas, y que habrían causado los reiterados varamientos de carbón en el mar.
En concreto, el recurso del legislador apuntaba a que "no existe una normativa ejecutada por el Ministerio en orden a resolver el problema de los varamientos de carbón", cuestión que a juicio del Ministerio del Medio Ambiente "no obstante que mi representado haya adoptado múltiples acciones dentro del marco de sus atribuciones, las exigencias de las recurrentes y, ahora, las que impone la sentencia apelada, debieron dirigirse exclusivamente respecto de quien ha incurrido en la acción ilegal de vertimiento de carbón en la bahía de Quintero y Puchuncaví".
"En definitiva, como la misma sentencia lo ha indicado, los hechos que subyacen a la acción de autos son únicamente producto de la acción de transporte, carga y descarga de carbón y su consecuente vertimiento por causa de deficiencias operacionales de las empresas que resulten responsables, sin caberle responsabilidad alguna a este Ministerio, en el marco de la ejecución de sus competencias", agrega la Secretaría de Estado en la apelación.
Por último, aseguran que el Ministerio "ha contribuido y se encuentra trabajando para prevenir los varamientos de carbón, desde el desarrollo de las políticas públicas ambientales y normativa que permitirá contar con la primera norma secundaria de calidad ambiental para la conservación de ecosistemas marino-costeros en las aguas de la bahía de Quintero y Puchuncaví".
En primer lugar, la compañía señala en el documento de 36 páginas, al cual Puranoticia.cl tuvo acceso, que la sentencia dictada "establece medidas que son particularmente gravosas, poco razonables y excesivas, sin que haya podido establecer un acto ilegal o arbitrario atribuible a mi representada". De igual forma, aseguran que estas medidas le afectan a un conjunto indeterminado de personas.
Además, exponen que "no existe en la especie ninguna actuación ilegal acreditada que se vincule a las descargas del Complejo Termoeléctrico de Ventanas, por cuanto mi representada cumple a cabalidad con la normativa aplicable y, en lo que interesa al caso, con el parámetro "solidos suspendidos totales", único que podría informar que entre su operación y los varamientos existe alguna relación actual (que probadamente no existe)".
El tercer punto planteado indica que "las medidas dispuestas por el fallo apelado no resultan idóneas para la resolución del problema que es objeto de la litis, dado que no apuntan a su real causa. Mi representada (AES Gener), aún cuando reitera su ausencia de responsabilidad, no se opone a la adopción de medidas en tanto sean idóneas, pero ello supone que se apunte a la causa real de los varamientos".
También sostienen que "no se ha establecido de manera alguna que el material presente en la bahía de Quintero, y que vara en la playa Las Ventanas, provenga de la operación actual del Complejo Termoeléctrico de Ventanas. El análisis de la prueba es relevante y ella no se ha efectuado correctamente lo que ha llevado a soluciones erróneas".
En base a todos estos argumentos, AES Gener S.A., representada por el abogado Mario Galindo Villarroel, solicita "tener por deducido recurso de apelación en contra de la sentencia de fecha 3 de junio de 2021, admitirlo a tramitación, elevando los autos ante la Corte Suprema, para que nuestro máximo tribunal lo acoja, dejando sin efecto el fallo impugnado y disponiendo en su reemplazo que se rechaza el recurso de protección deducido".
La tercera apelación vino de parte de Puerto Ventanas S.A., que representada por el abogado Edgardo Palacios Angelini, acudió ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso para solicitar que el recurso "sea acogido a tramitación, se eleven los autos a la Corte Suprema y, en definitiva, sea acogida por ésta en todas sus partes y se revoque la sentencia apelada, en base a las consideraciones de hecho y de Derecho".
Al respecto, esta firma asegura que la resolución del 3 de junio de 2021, emitida por la IV Sala del tribunal de alzada, "causa un evidente agravio a mi representada y la Corte Suprema deberá revocarla, negando lugar a la acción deducida".
"En efecto, la referida sentencia desestimó completamente los antecedentes y alegaciones que esta parte adujo o acompañó en autos, en circunstancias que ellas llevaban a la única conclusión posible: desechar la acción de protección interpuesta, ello por una simple razón, que puede resumirse en que ninguna responsabilidad le asiste a Puerto Ventanas S.A. en los hechos denunciados, tal como se expuso y probó en el informe y demás escritos presentados a esta Corte", agregaron en el recurso de apelación de 19 páginas, al cual Puranoticia.cl también tuvo acceso.
Finalmente, exponen que "no existen en el proceso (ni en lugar alguno) pruebas o antecedentes que permitan concluir que Puerto Ventanas S.A. ha aportado carbón al mar o algún otro elemento contaminante o peligroso. Por lo anterior, resulta especialmente agraviante para mi representada lo resuelto".
Tras conocer el recurso de apelación de AES Gener S.A., Puerto Ventanas S.A. y el Ministerio del Medio Ambiente, con el objetivo de que la Corte deje sin efecto la sentencia que los responsabiliza y sanciona por los episodios de contaminación en la caleta de Ventanas, el senador Juan Ignacio Latorre (RD) se refirió a la acción, calificando de "lamentable" las acciones.
"Encuentro lamentable que las empresas AES Gener y Puerto Ventanas, y que también el Ministerio del Medio Ambiente apelen al reciente fallo contundente de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Si es declarada admisible, obviamente nosotros vamos a solicitar alegato en la Corte Suprema, y vamos a ir a defender los argumentos que esgrimimos en el recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Valparaíso", indicó el legislador del Frente Amplio.
Además, el militante de Revolución Democrática planteó que "acá, yo creo que la responsabilidad social, ambiental de las empresas y la responsabilidad política del Ministerio del Medio Ambiente, que en vez de ir a defenderse frente al Poder Judicial debería tener una actitud proactiva, de cómo garantiza un medio ambiente libre de contaminación, de cómo garantizan que no existan más varamientos de carbón en las playas de Ventanas, en el fondo marino".
Finalmente sostuvo que "esa es la cuestión de fondo: cómo garantizamos un cierre adelantado, próximo, de las termoeléctricas a carbón, y garantizamos el fin de las zonas de sacrificio. Esa sería la responsabilidad del Ministerio del Medio Ambiente, de cómo generan las regulaciones, las fiscalizaciones, los estándares adecuados para garantizar un medio ambiente libre de contaminación y no ir a defenderse frente al Poder Judicial".
Por último, quien también analizó los recursos presentados por las dos firmas y la Secretaría de Estado, fue el senador Francisco Chahuán, quien también presentó un recurso de protección junto al alcalde electo de Puchuncaví, Marco Morales; el representante de la agrupación Turismo Quintero Sustentable, Jaime Romero; el representante de la agrupación Fundación Quintero Crece, Germán Paredes; y el arquitecto Felipe Vergara.
En ese sentido, el legislador de Chile Vamos señaló que "las empresas apelaron al fallo y están en su legítimo derecho, pero creo que es un profundo error. Acá el llamado es a reparar prontamente el daño ambiental y realizar conversaciones con las comunidades directamente afectadas, con los pescadores artesanales y con el pequeño comercio de Ventanas".
Por último, el senador de Renovación Nacional, quien no se refirió a la apelación del Ministerio del Medio Ambiente, reiteró que "el llamado que quiero hacer es a poder agilizar la reparación del daño ambiental, en un fallo que fue contundente desde el punto de vista de los antecedentes, por lo tanto el llamado es a reparar el daño ambiental en el menor tiempo posible".
PURANOTICIA