Corte de Valparaíso acogió la acción judicial, tras constatar las precarias condiciones de habitabilidad que presenta el módulo.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de los internos ingresados al módulo de aislamiento del Centro de Detención Preventiva de Quillota.
Asimismo, la Corte porteña ordenó a Gendarmería proceder de inmediato al traslado de los amparados a otros sectores del recinto.
En fallo unánime, la 3ª Sala del tribunal de alzada acogió la acción judicial, tras constatar las precarias condiciones de habitabilidad que presenta el módulo de aislamiento, lo que vulnera las garantías constitucionales de amparados.
El fallo indica que la privación de libertad "no puede importar amenaza directa, afectación a otras garantías constitucionales, en especial el derecho a la vida y a la salud, que siempre deben quedar asegurados. De no ser así, la privación de libertad no puede mantenerse, pues el deber del Estado de garantizar la vida y la seguridad de los internos en establecimientos penitenciarios es absoluto y no admite, por lo tanto, excepciones", consigna el fallo.
La resolución agrega que "resulta claro que en las actuales condiciones del CDP de Quillota, no sólo no puede estar habilitado para mantener reclusos en aislamiento, sea o no por razones de castigo, sino que ese módulo tal como ahora está, representa un directo atentado contra la seguridad de los reclusos, poniendo en grave peligro la salud física y mental de esas personas, lo cual, cualquiera que sean las razonas de tales anomalías y de la permanencia de internos en ese módulo, determina que el recurso de amparo intentado deba ser acogido".
Por tanto, concluye que "se acoge la acción de amparo intentada por el INDH y, en consecuencia, se dispone que Gendarmería procederá de inmediato a desalojar completamente el módulo, trasladando sin dilación a los internos ocupantes a otros módulos o a otros centros penales, según lo exija la seguridad de cada uno de tales reclusos, y sin volver a utilizar el módulo, hasta que se cumplan las exigencias referidas en el segundo motivo de este fallo".
Finalmente, indica que cuando se lleguen a reabrir sus puertas "no se volverá a instalar en cada una de sus celdas a más de un recluso, velando siempre porque se respete la dignidad y la seguridad individual de todos y cada uno de los reclusos".
PURANOTICIA