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Corte ordena eliminar publicaciones relacionadas a muerte de enfermeras en Hospital Clínico de Viña

Corte ordena eliminar publicaciones relacionadas a muerte de enfermeras en Hospital Clínico de Viña

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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado por funcionaria del recinto y ordenó la eliminación inmediata de las publicaciones y referencias en que le atribuyen responsabilidad por el suicidio de dos enfermeras

Corte ordena eliminar publicaciones relacionadas a muerte de enfermeras en Hospital Clínico de Viña
Viernes 6 de agosto de 2021 14:38
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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección presentado por una funcionaria del Hospital Clínico Viña del Mar y ordenó la eliminación inmediata de las publicaciones y referencias a través de Instagram, Facebook, Twitter y otras redes sociales, en donde se le atribuye responsabilidad por el suicidio de dos enfermeras. Decisiones que habrían sido provocadas por el supuesto acoso laboral que habrían sufrido en el centro asistencial.

En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar, tras establecer el actuar arbitrario de las recurridas, entre ellas la madre de una de las enfermeras fallecidas, por lo que les ordenó la eliminación o cancelación de las publicaciones y abstenerse en lo sucesivo de incurrir en conductas similares.

El fallo consignó que "la difusión de las publicaciones por medio de las redes sociales citadas, sin una debida respuesta o contra argumentación de la persona allí aludida, no puede tener por objeto sino obtener la afectación del derecho a la honra de dicha persona, a quien se imputa una conducta que podría constituir un eventual ilícito (...) respecto de los actos de hostigamiento que habrían ocasionado el sensible fallecimiento ya expuesto".

En consecuencia, para la Corte de Valparaíso "cabe acoger el recurso y ordenar derechamente que se eliminen o cancelen todas las referencias que las recurridas han efectuado a través de redes sociales, en las que se imputan hechos infamantes a la recurrente, debiendo abstenerse en lo sucesivo de incurrir en las mismas, quedando a salvo sus acciones para denunciar y perseguir lo que estime conveniente, por las vías jurisdiccionales pertinentes".

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