Ésta y otras irregularidades arroja el Informe Final N° 704, tras una auditoría llevada a cabo por la Contraloría de Valparaíso en el SSVQ, en el marco de la habilitación de las residencias sanitarias en la zona.
Tal como ha ocurrido en todas las residencias sanitarias habilitadas en la región de Valparaíso para el traslado de personas con Covid-19 que hayan infringido o que no puedan cumplir las medidas de cuarentena que les hayan sido impuestas, la Contraloría Regional de Valparaíso realizó una auditoría al proceso de contratación, habilitación y utilización del Hotel Open de Quillota, por parte del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota (SSVQ), cuyos resultados están contenidos en el Informe Final N° 704 de 2020, al cual Puranoticia.cl tuvo acceso.
En primer lugar, vale indicar que esta acción tuvo por objeto verificar que el SSVQ haya cumplido con la normativa legal y reglamentaria que lo regula, velando por el resguardo de los recursos financieros, que las transacciones se encuentren debidamente documentadas, sus cálculos sean exactos y estén adecuadamente registradas y contabilizadas, además de constatar la aplicación de los principios de eficiencia, eficacia y economicidad, en las operaciones financieras que realiza.
Dicho esto, el ente que fiscaliza a las instituciones y organismos del Estado detectó una serie de irregularidades, como por ejemplo que el contrato con la empresa Sociedad Hotelera Espacio Ariztía Ltda. que opera el Hotel Open. Entre ellas se contempla el pago de costos operativos fijos diarios, que incluye a los primeros 36 pacientes, que asciende a $1.698.840, verificándose que dicha condición comprometió recursos por servicios que no fueron efectivamente prestados.
Esto -según precisó Contraloría en su Informe Final- corresponde a días en que el número de hospedados no alcanzó dicho mínimo, generando con ello un enriquecimiento sin causa en favor del prestador del servicio y, en consecuencia, un perjuicio al patrimonio público por $6.229.080.
Es por tal razón que el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota deberá iniciar un proceso sumarial para investigar la eventual responsabilidad de los funcionarios involucrados en tales hechos, remitiendo copia de la resolución que lo ordena en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del documento del organismo de control.
Otra situación develada por Contraloría en su auditoría, dice relación con que se determinó una "inconsistencia" respecto de la oportunidad en que la empresa Sociedad Hotelera Espacio Ariztía Ltda. debió entregar la garantía de cumplimiento del contrato.
Esto pues, según indica el N° 7 de los "Requerimientos Administrativos", contenidos en el resuelvo N° 3, de la anotada resolución exenta electrónica N° 3.575, de 2020, se establece como plazo "a la firma del contrato", en cambio, la cláusula octava de ese acuerdo, indica que debe ser "dentro de 3 días hábiles posteriores a la firma del contrato".
Lo ocurrido, según el ente de control, afecta la certeza jurídica que reguló, en esa parte, la convención analizada.
Además, no fue posible determinar la fecha en que el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota recibió la aludida caución, correspondiendo que el SSVQ adopte medidas orientadas a evitar la redacción de documentos inconsistentes o que no se ajusten a la normativa que lo regula.
Como ya ha quedado establecido en la investigación desarrollada en otras residencias sanitarias, en la habilitada en el Hotel Open de Quillota tampoco se consta que en su elección, el Servicio de Salud haya utilizado una pauta o fórmula con criterios o parámetros preestablecidos; esto, con el objetivo de que se pueda respaldar de manera objetiva la elección de un establecimiento para ser utilizado como tal.
Tal situación, según indican en el Informe Final N° 704 de 2020, no se condice con los mencionados principios de eficiencia, eficacia y economicidad, por lo que el organismo estatal "deberá adoptar medidas, a objeto que decisiones como las de la especie se encuentren debidamente fundamentadas".
De igual forma, se indicó que a pesar de que el desembolso por la utilización del Hotel Open de Quillota, como residencia sanitaria, fue concretado con posterioridad a la aprobación del respectivo contrato, no resultó procedente que el SSVQ haya dispuesto el pago de suma alguna mientras no se encontrara totalmente tramitada la resolución aprobatoria del contrato.
También se constató que, tanto en el contrato suscrito con la empresa Sociedad Hotelera Espacio Ariztía Ltda., como con el personal que se desempeñó a honorarios en el Hotel Open de Quillota, el Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota no incluyó cláusulas sobre el manejo de datos sensibles a los cuales pudiera tener acceso el proveedor, sus trabajadores o los referidos contratados a honorarios.
Por esta situación, y tal como se indicó tras las otras observaciones, corresponderá que el SSVQ "adopte medidas para evitar la reiteración de lo detectado", según lo estableció la Contraloría Regional de Valparaíso.
En materia de salubridad también se realizaron algunas indicaciones por parte de Contraloría al Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, pues se agrega en el Informe Final que deberá ajustarse cabalmente a las exigencias contempladas en la reglamentación que le es aplicable, para evitar la ocurrencia de incompatibilidades e inconsistencias en el cumplimiento del método de limpieza exigido en el Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes - Covid-19.
PURANOTICIA