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CHV deberá pagar $32 millones a familia de Villa Alemana afectada por publicación de noticia falsa

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Estación televisiva deberá indemnizarlos por atribuir falsamente al demandante la autoría de un homicidio.

CHV deberá pagar $32 millones a familia de Villa Alemana afectada por publicación de noticia falsa
Martes 29 de enero de 2019 17:10
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La Corte Suprema condenó a la Red de Televisión Chilevisión S.A. a pagar una indemnización total por $32 millones a una familia de Villa Alemana por el daño moral provocado con la difusión de una noticia falsa en el noticiero central.

En fallo unánime, la 1ª Sala del máximo tribunal invalidó de oficio la sentencia impugnada y en sentencia de reemplazo ordenó al canal de televisión pagar la indemnización por atribuir falsamente al demandante la autoría de un homicidio, cometido en marzo de 2012, en Villa Alemana.

Según reza el falló "lo normal u ordinario es que todo aquel que se entere de una noticia grave, por un medio de comunicación social masivo, transmitido en un horario de alta audiencia, en que se le atribuye la comisión de un delito de homicidio en circunstancias sumamente trágicas, sin que se haya tenido participación en el mismo, provoca un impacto inmediato no sólo en su persona, que sufre angustias y cambios de conducta a consecuencia de ello".

El trinunal sostiene que "una agresión y deterioro grave en los sentimientos que padece un sujeto por unos hechos como los de esta causa constituyen un daño que también padecerán su cónyuge y sus hijos"; esto, en el caso de la familia de Claudio Valls Morales, a quien CHV señaló como el autor de un crimen que no cometió.

Según la corte, "la Red de Televisión Chilevisión S.A. incurrió en una conducta negligente  al emitir una información objetivamente falsa, atribuyendo a Claudio Valls Morales un hecho delictivo en el que no tuvo participación, que la demandada no corroboró la información que le fuera proporcionada consultando otras fuentes, a lo que sí procedió otro medio de comunicación respecto del mismo hecho, y que la demandada tampoco comprobó la concurrencia de las causales de justificación que esgrimió en su defensa, le correspondía demostrar que su conducta antijurídica no produjo la aflicción que presumiblemente ocasionó en la víctima directa de esa falta de cuidado y en su entorno familiar más cercano".

PURANOTICIA

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