Sentencia estableció una serie de medidas que Soprole y Prolesur (al igual que otras procesadoras de leche) deben cumplir en el mercado de adquisición y procesamiento de leche bovina.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el acuerdo extrajudicial firmado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y las empresas Soprole y Prolesur, pertenecientes al mismo grupo empresarial, suscrito en el marco de la fiscalización del cumplimiento de una sentencia del TDLC por parte de ambas compañías.
Dicha sentencia estableció una serie de medidas que Soprole y Prolesur (al igual que otras procesadoras de leche) deben cumplir en el mercado de adquisición y procesamiento de leche bovina, en el que participan comprando este insumo a diferentes productores.
En la aprobación, el TDLC señaló que "las obligaciones asumidas en el acuerdo extrajudicial cautelan la libre competencia, toda vez que son proporcionales y suficientes para poner término a la investigación de la FNE".
En su investigación, la FNE identificó que Soprole y Prolesur daban aplicación a ciertas condiciones comerciales que no habían sido comunicadas al mercado del modo establecido en la sentencia del TDLC.
Sin perjuicio de lo anterior, no se pudo constatar que esta falta de publicidad hubiera permitido a estas empresas beneficiar a algunos productores en perjuicio de otros o aplicar tales condiciones de modo selectivo.
A través del acuerdo extrajudicial, ambas empresas reconocieron los hechos identificados por la FNE y se comprometieron a mantener estricto apego a las directrices entregadas por la sentencia del TDLC.
En el acuerdo, Soprole y Prolesur se comprometieron a pagar a beneficio fiscal 600 Unidades Tributarias Anuales (UTA) cada una, las que en conjunto totalizan poco más de $ 725.000.000.
Además, en el marco de la investigación desarrollada, la FNE constató que las empresas enmendaron los comportamientos identificados en la investigación que podrían infringir el fallo del TDLC.
Una de tales medidas obliga a estas empresas a mantener listados públicos de precios de compra de leche, los que deben detallar los diferentes parámetros que lo componen, con la debida información a los interesados.
Según esta medida, las empresas deben informar públicamente toda condición comercial que apliquen en la relación con sus proveedores, las que deben ser objetivas y no discriminatorias. La sentencia del año 2004 también obligó a las empresas a publicar con cierta anticipación cualquier cambio en las condiciones de compra.
El decreto ley 211 permite a la FNE suscribir acuerdos extrajudiciales con las empresas que son investigadas, siempre que tales acuerdos cautelen la libre competencia en los mercados y sean sometidos a la aprobación del TDLC.