Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Tribunal Constitucional habría eliminado las nuevas atribuciones del Sernac

Tribunal Constitucional habría eliminado las nuevas atribuciones del Sernac

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

28 disposiciones del proyecto fueron declaradas inconstitucionales por los ministros, en votaciones que fueron 6/3 a favor de la inconstitucionalidad en estos puntos.

Tribunal Constitucional habría eliminado las nuevas atribuciones del Sernac
Martes 12 de diciembre de 2017 07:45
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

El Tribunal Constitucional habría eliminado las facultades normativas y sancionatorias del Sernac del proyecto de ley que fortalece al servicio y que ya fue despachado a ley por el Congreso, el 25 de octubre pasado. De confirmarse, sería un duro golpe para esta iniciativa del Gobierno.

Según informa La Tercera, 28 disposiciones del proyecto fueron declaradas inconstitucionales por los ministros, en votaciones que fueron 6/3 a favor de la inconstitucionalidad en estos puntos.

La Tercera habría confirmado que los ministros Iván Aróstica, Marisol Peña, Juan José Romero, María Luisa Brahm, Cristián Letelier y José Ignacio Vásquez votaron a favor de la eliminación de esas facultades, mientras que Gonzalo García, Nelson Pozo y Carlos Carmona aprobaban los artículos en cuestión. Domingo Hernández, en tanto, no participó de la votación.

En noviembre la Cámara Nacional de Comercio (CNC) ingresó al TC un escrito de "téngase presente", en el que solicitó una exhaustiva revisión de las nuevas facultades de la entidad.

De acuerdo a la impugnación del gremio, el exceso de facultades "implica concebir una autoridad administrativa sin precedentes, que concentrará enorme poder".

La Tercera consigna que se espera que este martes los ministros concreten las últimas votaciones que quedaron pendientes, para luego redactar el fallo público.

La información del diario señala que de las facultades declaradas inconstitucionales por los ministerios destaca, por ejemplo, el artículo 58 letra B, que apuntaba a la posibilidad de las personas de iniciar una denuncia directamente en el Sernac. De ser suprimida, sólo se podrá denunciar ante un juzgado, como era hasta ahora.

Además, se elimina la letra C del mismo artículo, que permitía al Sernac imponer la sanción correspondiente a la infracción denunciada. Nuevamente, si se elimina, sólo los juzgados podrán recibir las denuncias.

Mientras, el artículo 58 letra E, también declarado inconstitucional, permitía al Sernac dictar normas e instrucciones de carácter obligatoria. De esta forma, el Servicio pierde su facultad normativa.

Este martes el pleno del Tribunal Constitucional revisará los artículos que quedan por analizar, por lo que se espera que en la jornada finalice la votación y se pueda emitir el certificado para comenzar a redactar el fallo.

PURANOTICIA / ATON

Cargar comentarios