Un importante fallo emitió el Primer Tribunal Ambiental contra la empresa Soquimich (SQM).
El parlamentario presidió la Comisión Especial Investigadora por el Acuerdo Corfo-SQM, documento que otorgó a la empresa la extensión del contrato y aumentó de la cuota de extracción de litio, la que entre otras conclusiones determinó que dicho acuerdo fue perjudicial para Chile.
Un importante fallo emitió el Primer Tribunal Ambiental contra la empresa Soquimich (SQM), luego que las comunidades atacameñas de Peine, Camar y el Consejo de Pueblos Atacameños, presentaran una reclamación contra la resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) que aprobó el Plan de Cumplimiento de la empresa en el proceso sancionatorio que abrió por seis cargos formulados posterior a una fiscalización de la que fue objeto.
Básicamente, el fallo deja sin efecto el Programa de Cumplimiento presentado por SQM, y ahora la SMA deberá retomar el proceso administrativo sancionatorio en contra de la empresa. En caso que la SMA decida sancionar finalmente a SQM por las infracciones graves o gravísimas, se podrían aplicar multas que van por sobre las 5.000 UTA, la clausura de sus operaciones o incluso la revocación de su permiso ambiental.
Al respecto, el diputado por la Región de Antofagasta Esteban Velásquez (FRVS), pidió la máxima sanción para la empresa y devolverla a los chilenos.
"Este es un ecosistema muy frágil, y una empresa extractiva como SQM daña no solamente el Salar, toda el área hidrogeológica, hídrica, sino que además daña las comunidades de alrededor que es un todo. En este sentido, espero que lleguen las máximas sanciones a la empresa, que es la revocación de las autorizaciones que en su momento se le otorgaron para que medioambientalmente pudiera operar en el Salar".
El parlamentario añadió que "lo que el Primer Tribunal Ambiental indica en su fallo que es tremendamente gravísimo. Una vez más reafirma lo que la Comisión Investigadora Corfo-SQM dijimos reiteradas veces, como es que esta empresa está con graves incumplimientos respecto al programa que debía presentar para resguardo medioambiental".
Según se explica en el fallo, "la decisión adoptada por el tribunal se tomó en función del principio precautorio en materia ambiental ya que en el proceso no ha quedado acreditado por la empresa que las acciones y metas adoptadas sean capaces de contener y reducir o eliminar los efectos negativos generados por el incumplimiento de la empresa en torno a tres de los seis cargos levantados por la SMA".
En este sentido, el diputado Velásquez indicó que a su parecer que luego de los incumplimientos de la empresa el Estado debiera hacerse cargo y recuperar, estatizar, renacionalizar, hacerse de esa empresa, y probablemente sería el acto más patriótico que hoy este gobierno podría hacer.
PURANOTICIA