Corte de Apelaciones de Talca acogió este miércoles un recurso de protección presentado en contra de AFP Provida S.A. y le ordenó restituir al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales en el plazo máximo de 30 días.
La Corte de Apelaciones de Talca acogió este miércoles un recurso de protección presentado en contra de AFP Provida S.A. y le ordenó restituir al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales en el plazo máximo de 30 días.
En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de AFP al negar la restitución integra de los fondos, infringiendo el derecho de propiedad, garantizado por la Constitución.
"Que por otra parte, frente a la existencia de dos derechos que parecen contradecirse -seguridad social y propiedad-, debe tenerse en consideración que el primero aparece como un derecho futuro y eventual -requiere que la persona esté viva-, que además es financiada por el propio cotizante. En tanto el segundo, se trata de un ejercicio inmediato y que guarda relación directa con su calidad y condiciones de vida del recurrente, la libertad en las capacidades de ejercicio y de goce de sus derechos, entre ellos, el de propiedad, sin que pueda obligarse a un control, sea del Estado o de alguna entidad privada, como la recurrida, para el cumplimiento de las obligaciones del Estado. La seguridad social es por definición un derecho, más no una obligación para las personas", sostiene el fallo.
La resolución detalla que los fondos son del cotizante y que la negativa de la AFP "a la restitución íntegra de ese patrimonio pone en juego y amaga la garantía constitucional de la propiedad, que establece el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República".
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