Máximo tribunal del país rechazó el recurso de protección presentado por la abogada María Alejandra de Domperriere de Chaufepie Torrealba.
La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado en contra del Registro Civil e Identificación por la inscripción parcial de apellidos en la cédula de identidad de una abogada.
En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Manuel Antonio Valderrama y los abogados (i) Álvaro Quintanilla y Jorge Lagos– revocó la sentencia dictada el 21 de agosto pasado, por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por María Alejandra de Domperriere de Chaufepie Torrealba, debido a que el Registro Civil le acortó el apellido paterno a "De Domperriere de".
Sin embargo, el máximo tribunal descartó el actuar arbitrario o ilegal del Registro Civil al acortar en la cédula de identidad el apellido paterno de la recurrente y revocó la medida de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Según el fallo del máximo tribunal del país, "corresponde al Director del citado Servicio la facultad de determinar las menciones que deben contener los documentos de identidad".
Añade que en uso de tal facultad, el director dictó la Resolución N° 861 de 2013, que permite truncar los nombres y apellidos cuando no sea posible personalizar el documento con todos los nombres registrados por el titular, debido a la cantidad de caracteres".
La resolución destaca que para el apellido paterno se establece un máximo de 42,5 milímetros, por lo cual en este caso no es posible imprimir los apellidos de la recurrente en forma completa en el respectivo documento, atendidos los requerimientos de la empresa Morpho S.A., actual adjudicataria del sistema de identificación.
El fallo agrega que "con arreglo a lo antes expuesto no se divisa la existencia de un acto arbitrario o ilegal que afecte las garantías constitucionales enunciadas en el libelo de protección, por lo que el mismo será rechazado".
La decisión se adoptó con los votos en contra del ministro Valderrama y del abogado Quintanilla, quienes estuvieron por confirmar el fallo apelado.
Pn/cp
ATON CHILE