Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Tribunal Constitucional declaró admisible requerimiento de senador Jorge Pizarro

Tribunal Constitucional declaró admisible requerimiento de senador Jorge Pizarro

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El senador DC busca impedir que Fiscalía llegue a la Corte Suprema para insistir en su desafuero por el Caso SQM.

Tribunal Constitucional declaró admisible requerimiento de senador Jorge Pizarro
Jueves 14 de marzo de 2019 19:50
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

12 visitas

Este jueves la Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el senador DC Jorge Pizarro Soto, respecto del artículo 418 del Código Procesal Penal, en el proceso sobre solicitud de desafuero seguido ante la Corte de Apelaciones del Santiago.

Básicamente, lo que el senador DC busca es impedir que Fiscalía llegue a la Corte Suprema para insistir en su desafuero por el Caso SQM.

Esto, luego de que en octubre del 2018, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara el desafuero del parlamentario, a quien el Ministerio Público busca llevar a juicio por delitos tributarios.

La Fiscalía no estuvo de acuerdo con esa decisión, por lo que presentó un recurso de apelación ante la Corte Suprema, pidiendo revertir el rechazo.

Pero, según la defensa de Pizarro esto es ilegal e inconstitucional, por lo que acudió al Tribunal Constitucional.

La admisibilidad del requerimiento del senador fue declarada en forma unánime por los integrantes de la sala, mientras que el fallo fue comunicado al Tribunal de la gestión pendiente y las partes de esta, para que si corresponde, puedan formular sus observaciones y presenten antecedentes.

El plazo para este trámite es de 20 días. Transcurrido ese tiempo, será puesto en el "Rol de Asuntos de Tabla del Pleno", para fijar fecha para la vista de causa donde se realizarán alegatos de las partes para resolver el fondo del asunto.

PURANOTICIA

Cargar comentarios