El tribunal ordenó que se oficie al Juzgado de Garantía de esta decisión que permitirá retomar la etapa de preparación de juicio oral en la causa contra el ex subsecretario del Interior, Patricio Rosende, y otros cinco imputados.
El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la defensa de Mario Andina Medina, el teniente que se desempeñaba como jefe de turno del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) la madrugada del 27 de febrero de 2010 y que fue formalizado por su presunta responsabilidad en la muerte de 74 personas en San Antonio, Juan Fernández y Constitución por la fallida alerta de tsunami tras el terremoto de esa jornada.
Adhirieron a este requerimiento las defensas del jefe del Centro de Alerta Temprana de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (Onemi) Johaziel Jamett, del ex subsecretario del Interior, Patricio Rosende, y del retirado comandante de la Armada y ex director del SHOA, Mariano Eduardo Rojas Bustos.
El 30 de septiembre de 2014 la segunda sala del tribunal admitió la presentación y decretó la suspensión del procedimiento en contra de los imputados.
La Fiscalía Regional Metropolitana Occidente había cerrado la investigación a fines de julio del año pasado tras cumplir una diligencia solicitada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Ello daba paso a la etapa de preparación de juicio oral, la que se retomará tras esta decisión del TC.
El primer cierre del caso se decretó el 7 de mayo de 2014 y el 16 de ese mismo mes el equipo liderado por la fiscal Solange Huerta formuló acusación en contra de los seis imputados en la causa.
El presidente del tribunal Carlos Carmona Santander y los ministros Marisol Peña, Iván Aróstica Gonzalo García, Domingo Hernández y María Luis Brahm y el suplente de ministro Christian Suárez, acordaron rechazar el requerimiento y dejar sin efecto la suspensión del procedimiento ordenando que se oficie al juzgado correspondiente.
Son seis los acusados por su presunta responsabilidad como autores de un cuasidelito con resultado múltiple de homicidio como consecuencia de la no transmisión de la alerta de maremoto.
Los fiscales solicitan la aplicación de una pena de 818 días de presidio menor en su grado medio para los formalizados.
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AGENCIA UNO