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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que declaró nulo el contrato de transacción firmado por el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana y la empresa Kodama S.A. por el pago de un corredor de Transantiago, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que declaró nulo el contrato de transacción firmado por el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana y la empresa Kodama S.A. por el pago de un corredor de Transantiago, en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Jorge Lagos y Rafael Gómez, ratificó que el Serviu Metropolitano no está facultado para suscribir el acuerdo de transacción por la obra licitada, que se traducía en el pago de 774.765 unidades de fomento (cerca de 19 mil millones de pesos) para poner fin al contrato, acción que requería la autorización de la dirección de vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
"Todos los desembolsos económicos del Contrato de Construcción celebrado con Kodama no recaían en su patrimonio sino que en el de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas", precisa el fallo.
AGENCIA UNO