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Suprema confirmó multas a 8 ex ejecutivos de Farmacias Ahumada por colusión

Suprema confirmó multas a 8 ex ejecutivos de Farmacias Ahumada por colusión

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La Corte Suprema confirmó las multas de 300 UF (poco más de $7.682.000) aplicadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a ocho ex directores de Farmacias Ahumada por infringir la Ley de Valores.

Suprema confirmó multas a 8 ex ejecutivos de Farmacias Ahumada por colusión
Jueves 3 de diciembre de 2015 20:10
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La Corte Suprema confirmó las multas de 300 UF (poco más de $7.682.000) aplicadas por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a ocho ex directores de Farmacias Ahumada por infringir la Ley de Valores, en el marco del denominado caso Colusión de las Farmacias.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Gloria Ana Chevesich, Carlos Aránguiz y el abogado (i) Arturo Prado– rechazó los recursos de casación presentados por las defensas de 7 de los ex ejecutivos, que alegaron no estar informados sobre esta colusión.

En el caso de Pablo Lamarca Claro, quien falleció en un accidente de tránsito en julio de 2013, la sentencia determina que la sanción pecuniaria no se extingue con su muerte, al radicarse dicha obligación en su patrimonio.

Sobre la responsabilidad que recae sobre los directores de empresas, el fallo afirma que "el ejercicio de sus cargos les imponía la obligación de requerir toda la información que les fuere necesaria para la adecuada toma de las decisiones relacionadas con la administración social".

"Más aun -añade el fallo- considerando que, antes del 18 de diciembre del año 2008 ya habían tomado conocimiento de la existencia de una investigación seguida en contra de Farmacias Ahumada S.A. por la Fiscalía Nacional Económica, tanto a través de la prensa como por lo que les fue informado en sesión de directorio de fecha 5 de junio de 2008".

"Aparece manifiesto que asiste a los directores reclamantes la responsabilidad infraccional que les ha sido imputada por el órgano administrativo (SVS), fundada en su culpa por omisión, al no realizar acciones positivas de exigir la entrega de la información que les había sido ocultada, a objeto de cumplir con el estándar de cuidado exigido por la ley en el ejercicio de sus cargos", señala la resolución.

Pn/cp

ATON CHILE

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