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Suprema confirma rechazo a demanda contra el Estado por ataque a fundo en Freire

Suprema confirma rechazo a demanda contra el Estado por ataque a fundo en Freire

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“No existió prueba suficiente para vincular los hechos al denominado conflicto mapuche", dice el fallo.

Suprema confirma rechazo a demanda contra el Estado por ataque a fundo en Freire
Lunes 21 de diciembre de 2015 11:15
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La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado en contra de sentencia dictada el 4 de mayo pasado por la Corte de Apelaciones de Temuco, que ratificó resolución de primera instancia que desestimó demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra del Estado de Chile por el incendio intencional que destruyó galpones en un fundo de la comuna de Freire.

En fallo unánime la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Andrea Muñoz– descartó una infracción de ley en la sentencia que estableció la ausencia de responsabilidad estatal en el siniestro que afectó instalaciones del fundo Santa Gemita, ubicado en la comuna de Freire, el 05 de enero de 2013.

El fuego fue provocado por encapuchados que llegaron con armas, amedrentando a los cuidadores con disparos para prenderle fuego al galpón que tenía en su interior un par de tractores y dos máquinas fumigadoras.

La sentencia del máximo tribunal confirma el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que ratificó la resolución del Segundo Juzgado Civil de Temuco que consideró que no el Estado de Chile no tiene responsabilidad en el incendio en la propiedad del demandante Edgardo Fonseca Riquelme.

"Que, sobre la base fáctica anterior, el tribunal de primera instancia –en sentencia luego confirmada, sin modificaciones, por el de segunda– estimó que no existió prueba suficiente para vincular los hechos al denominado 'conflicto mapuche', de manera que falla el factor de imputación de responsabilidad al Fisco de Chile, lo que motivó el rechazo de la demanda", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "la falencia del recurso es gravitante si se considera que, durante el curso del procedimiento, ni tampoco en el recurso se hace mención específica a qué organismo del Estado cometió la falta de servicio que se denuncia".

"En efecto, la demanda de autos acusa que se ha incurrido en 'inobservancia grave de sus deberes legales y constitucionales', 'mal ejercicio de sus facultades', indicando que 'no se trata de la falta de servicio de un organismo en particular, sino que más peor aún, de la denegación de servicio de un conjunto de ellos, dirigidos por el ejecutivo y mal regulados por el legislativo', de manera que resultaría igualmente imposible para esta Corte establecer cuál fue el servicio que no operó o lo hizo deficiente o tardíamente", se especificó.

 

AGENCIA UNO

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