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Senado aprueba proyecto que prorroga beneficio que permite extinguir multas impagas por no uso del TAG

Senado aprueba proyecto que prorroga beneficio que permite extinguir multas impagas por no uso del TAG

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Con esto, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.

Senado aprueba proyecto que prorroga beneficio que permite extinguir multas impagas por no uso del TAG
Miércoles 2 de septiembre de 2020 19:50
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En forma unánime, la Sala del Senado aprobó el proyecto que prorroga el beneficio que permite extinguir multas por circular un vehículo sin dispositivo electrónico de pago de peajes o tarifas. Con ello, la iniciativa quedó en condiciones de cumplir su segundo trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.

En lo fundamental, el proyecto prorroga por cuatro meses más el beneficio otorgado en la ley N° 21.213, que permitía extinguir todas las multas aplicadas por infracción a la prohibición de circular sin el dispositivo electrónico, asociadas a una misma placa patente y que cumplieran con determinadas, mediante el pago del menor monto entre el 20% del importe total de las multas antes referidas asociadas a la placa patente correspondiente, o 100 UTM.

Según explicó el presidente de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, senador Juan Pablo Letelier, dicha iniciativa buscaba limitar multas que parecían excesivas y otorgar facilidades para renovar los respectivos permisos de circulación. Sin embargo, esta norma tenía una vigencia de 6 meses desde su publicación en el Diario Oficial, de modo que caducó a fines de agosto, razón por la cual se envió a trámite este proyecto.

PROPUESTA

La iniciativa aprobada por la Sala del Senado, prorroga por cuatro meses más el beneficio que permite extinguir las deudas por multas cursadas por infracción de la obligación de circular con el dispositivo electrónico referido.

Además, permite acceder al beneficio de extinción de deuda por multas y la suscripción del correspondiente convenio de pago con el municipio pertinente, ya no sólo a quien renueva su permiso de circulación, sino también a quien lo pague de forma atrasada.

Asimismo, señala que no será necesaria la suscripción del convenio entre la municipalidad respectiva y el interesado en acceder al beneficio, cuando el respectivo pago se efectúe en una sola cuota en forma simultánea con la renovación o pago atrasado del permiso de circulación.

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