
Norma detalla el tipo de mobiliario que deben utilizar los locales en los diversos sectores del espacio público de la comuna.
El Concejo Municipal de Santiago aprobó, por ocho votos a favor, dos abstenciones y uno en contra, la modificación de la ordenanza que establece las condiciones de ocupación de bienes nacionales de uso público para la instalación de mobiliario de los locales comerciales, que incluye la prohibición de autorizar a artistas de ningún tipo.
La norma detalla el tipo de mobiliario que deben utilizar los locales en los diversos sectores del espacio público de la comuna y reglamenta sus materiales, diseños y medidas de las mesas, sillas, separadores, quitasoles y jardineras. El plástico no se aceptará como parte fundamental de la estructura, sumándose a la tendencia mundial para fomentar el cuidado del medioambiente.
El alcalde Felipe Alessandri explicó que "tal como lo hacen las principales ciudades europeas que son un atractivo turístico casi por definición, en Santiago queremos que las terrazas instaladas en los espacios públicos sean similares, para darle armonía al entorno y a la comuna en general".
Otra modificación importante es que ahora no sólo los restaurantes podrán instalar mobiliario en el espacio público, sino que otros comercios, como las cafeterías y comidas al paso, ampliando los giros actuales.
También se aprobó que los locatarios no tienen facultad para autorizar a artistas de ningún tipo a actuar en las terrazas instaladas en el espacio público, ya que esa es una facultad exclusiva de la administración comunal.
En este punto, se explicitó que la ordenanza aprobada no tiene nada que ver con la autorización de músicos callejeros o artistas urbanos en el espacio público, el que está regulado por otro cuerpo legal.
La fiscalización estará a cargo de los inspectores municipales y Carabineros. Su incumplimiento será sancionado con multas de entre 1 y 3 UTM. En caso de reincidencia se arriesga la caducidad de la patente.
PURANOTICIA