
Todos los empleadores que no respeten ni cumplan con lo estipulado en la ley recibirán sanciones que van desde las 5 UTM hasta las 20 UTM.
La ministra del Trabajo, Javiera Blanco, explicó la normativa y horarios de los locales establecidos del comercio para Año Nuevo.
En este sentido, indicó que todos los trabajadores no podrán permanecer en sus lugares de trabajos después de las 20 horas, por lo que el comercio deberá cerrarse en ese momento (sin público ni trabajadores), por eso es que hay que considerar que locales como supermercados cierran antes, para realizar su contabilidad y cerrar efectivamente a las 8 de la noche.
El 1 de enero es feriado irrenunciable, pero existen excepciones que están en la ley.
Todos los empleadores que no respeten ni cumplan con lo estipulado en la ley recibirán las siguientes sanciones:
N° de trabajadores
UTM a pagar por trabajador
Hasta 49
5 UTM
De 50 a 199
10 UTM
200 o más
20 UTM
Las personas que sí pueden trabajar después de las 20 horas son aquellos que pertenecen a bares, clubes, centros de eventos, casinos, cines, fuentes de sodas y pastelerías que preparan sus productos en el mismo lugar, etcétera. Los trabajadores de expendios de combustible también pueden trabajar, así como también farmacias de urgencia y farmacias que cumplan turnos.
AGENCIA TRAYECTOS