
Medida cautelar de incautación decretada en contra de la empresa Caval el 23 de marzo de 2016 ordenaba la retención de $187 millones.
La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la resolución del Juzgado de Garantía local, del pasado 14 de diciembre, que resolvió dejar sin efecto la medida cautelar de incautación de dos vale vistas a la empresa exportadora y de gestión Caval.
Cabe recordar que la medida cautelar de incautación decretada en contra de la empresa Caval el 23 de marzo de 2016 ordenaba la retención de $187 millones.
En fallo unánime, se argumentó que "teniendo presente el claro tenor literal de lo dispuesto en el artículo 99 del Código Tributario –norma de carácter sancionatorio y, por lo tanto, de interpretación restrictiva- el cual no autoriza a que la persona jurídica responda por los apremios pecuniarios de las personas naturales que se indican en dicha norma, sino sólo la situación inversa".
De esta forma, la 3ª Sala del tribunal de alzada rancagüino no acogió el recurso de apelación interpuesto por el Servicio de Impuestos Internos en contra de la resolución en primera instancia.
PURANOTICIA