
También detalla que estas agresiones pueden ser físicas, verbales y no verbales.
Este miércoles 16 de enero entró en vigencia el nuevo protocolo por acoso sexual al interior de la Cámara de Diputados, según lo dio a conocer la presidenta de la corporación, Maya Fernández.
La normativa señala que se entenderá por acoso sexual "toda conducta de carácter sexual o íntima no consentida, que de forma indebida y por cualquier medio, realice requerimientos de tipo sexual a cambio de beneficios o bajo amenazas, o genere un ambiente laboral intimidatorio, hostil, humillante, degradante u ofensivo, provocando un efecto atentatorio contra la dignidad de quien las recibe".
En la misma línea, se detalla que estas agresiones pueden ser físicas, verbales y no verbales. Asimismo, estas no necesariamente deben ser sostenidas en el tiempo. Además, se hará distinción entre conductas sancionables leves, menos graves, graves y gravísimas.
Como agresiones graves se considerarán "acercamiento físico excesivo" y "roces innecesarios". En cuanto a las conductas gravísimas, estas serán aquellas en que se ejerza el uso de la fuerza, tales como acorralar a una persona para realizar requerimientos sexuales y, "en general, las tipificadas como crimen o delito simple", según consigna La Tercera.
Las sanciones para agresiones graves y gravísimas parten con una censura, la máxima sanción disciplinaria, junto a una multa entre el 10% y 20% de la dieta parlamentaria (graves) y entre el 20% y 50% (gravísimas).
Por otra parte, también se considera posibles reparaciones a las víctimas, entrega de antecedentes al Ministerio Público y que podrán ser sancionados, aparte de los parlamentarios, funcionarios, trabajadores a honorarios o personas ajenas a la corporación.
PURANOTICIA